La Generalitat ha decidido ampliar los supuestos en los que los ayuntamientos podrán nombrar personal funcionario interino en la Policía Local con la categoría de agente. Esta medida, aprobada ayer en el pleno del Consell, busca dar una solución a la escasez de agentes que sufren los municipios con una población de menos de 20.000 habitantes mientras se ponen en marcha los procesos para la cobertura en propiedad de las plazas, según informó la vicepresidenta, Mónica Oltra.

En concreto, los consistorios que cumplan el requisito de población anteriormente citado, podrán nombrar efectivos interinos en sus cuerpos sin que sea de aplicación la exigencia de que la única finalidad sea cubrir puestos vacantes por anticipo de la edad de jubilación.

PROCESO // Para ello, deberán justificar que las vacantes que se pretenden subsanar se han incluido en la oferta pública de empleo correspondiente a la entidad local y, además, haber iniciado el proceso para su cobertura en propiedad o haber solicitado al Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (Ivaspe) la encomienda de gestión de su selección. Los nombramientos cesarán el 31 de diciembre de 2019.

Esto será posible en virtud de la modificación de la ley 17/2017 de coordinación de policías locales de la Comunitat aprobada ayer. Esta normativa, en coherencia con su objetivo de conseguir la plena profesionalización de los cuerpos de Policía Local, prevé que estarán formados por personal funcionario de carrera.

El propio texto legal contempla una excepción, durante el 2019, que permite a los ayuntamientos nombrar funcionarios interinos, en la categoría de agente de policía local, como consecuencia de las vacantes que se puedan producir por la aplicación del real decreto 1449/2018, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la administración local.

La prejubilación de los agentes más veteranos era una de las cuestiones que preocupaba a los consistorios, ante la posibilidad de encontrarse con un déficit de efectivos, pero también la necesidad de tener durante el verano y el hecho de no tener condiciones económicas como para poder permitirse la contratación de estos durante todo el año.

Por otro lado, el pleno del Consell aprobó también una modificación del reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia para hacerla más eficaz en futuras convocatorias de ofertas de empleo público, reordenando así las funciones relativas al servicio de selección y carrera profesional.