La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha denegado la suspensión cautelar solicitada por dos asociaciones empresariales de Alicante de las medidas sanitarias frente al covid-19 aprobadas por la Generalitat el pasado 25 de febrero para el sector de la hostelería, la restauración y el ocio nocturno.

La Sala considera que acceder a las pretensiones de los recurrentes, que cuestionaban entre otras cosas el cierre del interior de los establecimientos, “supondría perturbación grave de los intereses generales, más en particular de la prevención de la salud de la ciudadanía, que obliga a los poderes públicos, destacamente a las Administraciones Sanitarias, a proveer tratando de minimizar situaciones de riesgo”.

El Tribunal ha examinado en este incidente cautelar un informe emitido por la Subdirección General de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental de la Conselleria de Sanidad.

Según recoge dicho informe, a pesar de la mejoría observada en las últimas semanas, la Comunidad Valenciana seguía estando el pasado 25 de febrero en nivel de alerta 3 por covid-19, un escenario definido como de transmisión comunitaria no controlada y sostenida del virus que puede exceder las capacidades del sistema sanitario.