El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) reconoció el derecho de siete centros privados valencianos a mantener los conciertos educativos de varias unidades de Bachillerato, cuya renovación denegó la Conselleria de Educación para el curso 2017/2018.

Así lo señaló la sección cuarta de la Sala de Contencioso Administrativo del TSJCV en siete sentencias, hechas públicas ayer, en las que estimó los recursos presentados por otros tantos centros privados concertados contra la resolución de la Conselleria.

En concreto, se trata del colegio María Inmaculada, de Carcaixent (Valencia), al que se concedió el concierto de una unidad de Bachillerato de las cuatro solicitadas, y el colegio Aitana, de Torrellano-Elche (Alicante), al que se le rechazó la solicitud de dos unidades de Bachillerato y se le suprimió el concierto de la unidad mixta existente. También se estimaron las demandas del colegio El Armelar, Parque Santa Ana y Sagrado Corazón de Alicante, La Purísima Franciscanas de València y La Salle de Alcoy.

El tribunal reconoció en todos los casos que es decisión de cada comunidad autónoma la decisión de formalizar o no conciertos con centros educativos en estos niveles de enseñanza no obligatoria, pero añadió que una vez la administración regional ha decidido formalizarlos, queda vinculada al régimen básico establecido por el Estado.