El Tribunal Supremo (TS) considera «ajustado a derecho» el despido colectivo de Radiotelevisión Valenciana (RTVV) y ha descartado la inconstitucionalidad de la ley 4/2013 de la Comunitat Valenciana que suprimió el servicio público de televisión y provocó la liquidación de la empresa.

La noticia se ha conocido ahora, a poco más de un mes del cuarto aniversario del momento en el que se cortaron las emisiones, que entraron en fundido a negro el 29 de noviembre del año 2013.

Así lo ha acordado el pleno de la Sala Cuarta del TS, que ha decidido por unanimidad desestimar los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Nacional, que ya había desestimado la demanda de despido colectivo presentada por CGT contra el ERE que extinguió los contratos de la totalidad de la plantilla de RTVV, que estaba formada por más de 1.600 trabajadores.

En su deliberación, los magistrados, que en los próximos días darán a conocer el contenido íntegro de la sentencia, han concluido que la ley 4/2013 es «compatible con la Constitución», por lo que piensan que no debe plantearse la cuestión ante el Tribunal Constitucional (TC), «máxime cuando la misma ya ha sido examinada» por el Alto Tribunal.

no hay fraude // La Sala de lo Social del TS descarta que dicha ley autonómica pueda considerarse una «reacción ilícita» contra la nulidad del despido dictada por el Tribunal Superior de Justicia valenciano y además afirma que «posee causalidad propia».

Los jueces entienden que el despido se ha basado en la extinción de Radiotelevisión Valenciana y en su «deficiente situación económica negativa», lo que, a su juicio, «aleja la sombra del fraude y es causa válida de despido colectivo». El hecho de que concurra esa causa con una situación económica grave y que se esgriman ambas acredita que no se ha acudido «de manera fraudulenta» al estatuto de los trabajadores.