A la mayoría no les sonará de nada; los que estén en el mundo jurídico la tendrán presente y cada día más. El 2 de julio del 2015 se aprobó la Ley de Jurisdicción Voluntaria, después de 15 años de dimes y diretes, proyectos fallidos e incumplimientos legales. Pero nunca es tarde si la dicha es buena, y ese es el caso. La norma atribuye a una serie de funcionarios y profesionales que antes eran judiciales. Uno de ellos son los notarios, 3.000 en España que están muy preparados y dispuestos dada la carencia de trabajo causada por la crisis. Básicamente se trata de expedientes en los que hay acuerdos entre partes y por tanto no existe contienda entre ellos que tenga que decidir un juez. Se logra una importante descongestión de trabajo de los juzgados, que ganan tiempo para juzgar y no lo pierden en completar trámites que otros hacen mucho más rápido.

Los costes son realmente asequibles, desde 36 € y dependiendo del trabajo realizado, que se puede solucionar en muchos casos de un día para otro y no costar meses de cola y de tener preocupaciones pendientes. Es útil para decenas de competencias. Las más sonoras son los matrimonios y los divorcios, pero hay muchas mas como las declaraciones de herederos abintestato, múltiples tramites sucesorios, ofrecimientos de pago, consignaciones, reclamación de deudas, subastas, depósitos, cancelaciones, etc, Es una ley joven que se está implantando y no es todo lo conocida que merecería. Irá poco a poco, cuando se asiente con normalidad será muy práctica para todos, esperemos que sea pronto. H