La Conselleria de Educación ha publicado este miércoles en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) las instrucciones para la organización y funcionamiento de los centros de Educación Infantil de segundo ciclo y Primaria durante el próximo curso 2020-2021, que están marcadas por la "situación absolutamente extraordinaria derivada de la declaración del estado de alarma como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19".

Por lo tanto, las directrices tienen en cuenta todas las normas que contemplan la crisis sanitaria y que se refieren, entre otras, a "las medidas de ordenación académica, coordinación docente, elaboración del proyecto educativo y la programación general anual, así como horarios lectivos y otros aspectos didácticos y organizativos en los cuales se deben incluir en todo momento los principios coeducativos de manera transversal".

Uno de los cambios más significativos para el curso que viene será que los grupos de Educación Infantil se configurarán como grupos de convivencia estable --los llamados 'burbuja'--, con un máximo de 20 alumnos. Si para constituirlos es necesario incrementar el número de unidades autorizadas, los centros establecerán los criterios pedagógicos para la asignación del alumnado a los diferentes grupos, que podrán incluir menores de hasta tres niveles educativos.

En Primaria, hasta cuarto curso también se habilitarán estos grupos 'burbuja' con hasta 20 niños y será posible aumentar las unidades. También los centros establecerán los criterios pedagógicos para la asignación del alumnado a los diferentes grupos, que, en este caso podrán incluir estudiantes de hasta dos niveles educativos consecutivos.

Asimismo, se podrá flexibilizar el máximo de 20 alumnos de los grupos de convivencia estables, pudiendo llegar a 25 en aquellos centros que no disponen de los espacios necesarios para ubicar a todos los grupos o cuando el centro considere que es la mejor opción para la atención adecuada.

En cuanto a quinto y sexto de Primaria, se organizarán de forma que se respete la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. Los centros utilizarán las aulas y espacios más grandes de que dispongan para ubicarlos y ajustarán el número máximo de alumnado que quepa en cada grupo. Igualmente, podrán configurar grupos de convivencia estable en estos niveles se considere que es la mejor opción. Los centros, en función del número de alumnos y de los espacios disponibles, también podrán organizar los grupos de tercero y cuarto de Educación Primaria con las características descritas para quinto y sexto.

Por lo que respecta a la escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, necesidades educativas especiales o necesidades de compensación de desigualdades en los diferentes grupos de un mismo curso, se llevará a cabo de manera equilibrada, salvo que para la organización excepcional de los grupos para el curso 2020-2021 se considere la opción de configurar algunos grupos de convivencia estable en que haya un número más grande de alumnado de estas características para facilitar la intervención del personal especializado de apoyo a la inclusión.

Educación señala además que se deberá priorizar, siempre

que sea posible, la continuidad de los tutores con sus grupos del curso anterior. En primero de Primaria, las personas que ejerzan la tutoría serán, siempre que sea posible, maestras con destino definitivo en el centro. Excepcionalmente, la dirección del centro podrá designar maestros y maestras sin destino definitivo en el centro y lo comunicará, mediante una propuesta razonada, a la Inspección.

ESPECIALISTAS

Acerca de la distribución horaria para el profesorado especialista,

una vez aprobados los grupos de convivencia estable y los ordinarios, se les asignará el horario. Quienes no tengan un grupo de convivencia estable asignado se coordinarán con los maestros que tengan asignada la tutoría para elaborar materiales y actividades de su especialidad.

Otras formas de participación de los especialistas en los grupos estables pueden ser en actividades que se desarrollen, preferentemente, en espacios al aire libre, siempre que se pueda

garantizar la distancia de 1,5 metros o dar sesiones de su especialidad por medio del uso de tecnologías. En los supuestos

previstos en este punto el alumnado estará acompañado por el tutor o

la tutora del grupo.

En el caso concreto de los especialistas de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, con carácter general, no ocupará puestos de tutoría en grupos estables de convivencia. Sin embargo, cuando la organización del centro requiera que desempeñe una tutoría en un grupo 'burbuja', no deberá atender a alumnado fuera de su grupo.

En los grupos de convivencia estable, la participación de este profesorado se realizará garantizando la distancia mínima

interpersonal de un metro y medio, acompañado por el tutor del

grupo y con las medidas de prevención, higiene y protección que determinen las autoridades sanitarias. Cuando esto no sea posible, la persona especialista facilitará las orientaciones y materiales didácticos necesarios a la persona tutora. En los grupos de quinto y sexto de Primaria y aquellos de tercero y cuarto ordinarios, su intervención se hará garantizando distancia y medidas de prevención.

Por lo que se refiere a la atribución docente del profesorado de Religión, esta se limita a la impartición del currículum de la materia y, por lo tanto, no puede ejercer la tutoría del grupo. Ante la organización excepcional del centro realizada como consecuencia de la crisis sanitaria, este profesorado atenderá, en primer lugar, en las horas de docencia correspondientes, a los grupos que no se configuran como estables de convivencia, sin más requisito que mantener la distancia mínima interpersonal. En los grupos estables de convivencia atenderá al alumnado, de acuerdo con la disponibilidad horaria, siempre que se pueda garantizar la distancia mínima.

Las instrucciones subrayan que durante el curso 2020-2021, los centros tendrán que extremar las medidas de seguridad "como consecuencia de los posibles escenarios que se puedan producir de acuerdo con la evolución de la situación sanitaria provocada por la Covid-19, medidas que estarán incluidas en sus planes de contingencia".

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LAS FAMILIAS

En este sentido, las familias tendrán que formalizar una declaración responsable, que será elaborada conjuntamente por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, para garantizar su "compromiso con el cumplimiento de las normas de salud e higiene para el alumnado de acuerdo con los protocolos determinados en sus planes de contingencia".

Asimismo, el programa anual de actividades complementarias y extraescolares y servicios complementarios se ajustará a la

evolución de la pandemia Covid-19, y se promoverán especialmente

las actividades que se desarrollen fuera del centro educativo. Los centros podrán organizar estas actividades siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal, y que, además, se disponga de un registro con la relación del alumnado asistente, de forma que, en el caso de detectar un contagio, se pueda hacer la trazabilidad sobre las personas que se deberían aislar.