La suspensión en cadena de innumerables marchas cicloturistas o pruebas de atletismo en España por la pandemia del COVID-19 y la decisión de muchas de ellas de no devolver la cuota de inscripción ha provocado la indignación en muchos de sus participantes porque entienden que no se ajusta a los derechos del consumidor, como denuncia el abogado Elías Badesa.

Una de las pruebas en España que mayor número de participantes reúne es la Marcha Internacional Quebrantahuesos, con más de 10.000 ciclistas entre la QH y la Treparriscos en el mismo día, cuyo precio de inscripción es de 75 euros para la primera y 65 para la segunda, a los que se unen 4 euros de preinscripción a fondo perdido para el sorteo que otorga las plazas y en algunos casos 12 euros para formalizar una licencia de día.

La devolución

La negativa a devolver el dinero tras la suspensión de la prueba en la fecha prevista, en este caso el 20 de junio, es lo que ha llevado al abogado y miembro del Club Ciclista Monegros Elías Badesa a animar a todos los ciclistas que quieran que les devuelvan el dinero, en este caso de la QH pero también en el de otras pruebas en idéntica situación, a denunciar en el departamento de Consumo de sus respectivas comunidades autónomas. La queja es igualmente aplicable a los afectados por carreras a pie de 10 kilómetros, medio maratones, maratones, así como pruebas de fondo de montaña.

"Los reglamentos de la Quebrantahuesos son un dechado de cláusulas abusivas que muestran una situación de dominio y abuso del organizador y en los que ni siquiera está contemplado un posible cambio de fechas", explica a EFE el abogado zaragozano. Con más de 30 años de experiencia profesional en la abogacía y 25 en el campo del consumo, Badesa recalca que su objetivo era orientar e informar a los miembros de su club y por extensión a todos los afectados en una reclamación a los organizadores de la prueba.

Elías Badesa informa que la invocación que hacen los organizadores en el reglamento a la no devolución del importe "no sirve para nada porque es una cláusula de adhesión y no ha sido negociada de forma individual", por lo que se trata de una decisión que se encuentra fuera del marco jurídico que regula los derechos del consumidor.