La fase 1 incluye una de los puntos de la desescalada más esperados por la ciudadanía: la reapertura de los bares y restaurantes. En concreto, en esta fase de la desescalada del estado de alarma por el coronavirus SARS-CoV-2, la hostelería podrá reabrir de nuevo las terrazas, ya que en la fase 0 se permitió abrir restaurantes y cafeterías con servicio para llevar y sin consumo en el local. Sin embargo, se tendrán que cumplir los horarios establecidos para poder ir a un bar.

En el caso de que la Comunitat Valenciana pueda avanzar el próximo lunes 11 a la fase 1, tendrá que cumplir los requisitos que se establecen en la orden ministerial SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones. Sin embargo, a las 11.30 horas de este viernes no se ha confirmado ni el paso autonómico, ni de alguna de sus provincias de forma individual.

Además, la consellera de Sanitat de la Generalitat Valenciana, Ana Barceló, ha afirmado en la rueda de prensa de este viernes que las terrazas de los bares tendrán turnos horarios. A las preguntas de la prensa sobre si se podrá acudir a las terrazas fuera de las franjas horarias establecidas, Barceló ha contestado que "tajantemente, no".

Se entiende, por lo tanto, que los ciudadanos podrían acudir a las terrazas de los locales entre las 6 y las 10 de la mañana o las 8 y las 23 horas, mientras que los más mayores lo harían entre las 10 y las 12 o las 19 a 20. La consellera ha recordado, no obstante, que "el Gobierno tiene que dictar sus resoluciones" por lo que tendremos que esperar a "las condiciones" del Ejecutivo central. Sin embargo, Barceló ha querido recordar que "seguimos en alerta" y que el virus no ha desaparecido, ante la evidente relajación que existe en la ciudadanía.

En una notoria falta de concreción de las medidas, se espera que el Gobierno central pueda concretar cómo se realizará la fase 1 en las próximas horas.

Así será la reapertura de las terrazas

Según recoge el Boletín Oficial del Estado publicado el pasado 3 de mayo:

1. Se autoriza la reapertura al público de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración limitándose al cincuenta por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal. En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia física de al menos dos

metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

2. En el caso de que el establecimiento de hostelería y restauración obtuviera el permiso del Ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza, se podrán incrementar el número de mesas previsto en el apartado anterior, respetando, en todo caso, la proporción del cincuenta por ciento entre mesas y superficie disponible y

llevando a cabo un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.

3. Se autorizan las reuniones en las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración de hasta un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad

interpersonal.