Al Castellón le va la vida en ello, pero la ampliación de capital, a punto de cumplir dos semanas de vida, es como si no existiese. Pocos saben los plazos, los requisitos y, sobre todo, qué deben hacer para suscribirla. El propio club no hace nada para promocionarla, más allá de una apartada ventana en su mortecina web, enlace con una documentación que, ahí sí, lo explica todo. Es, pues, una ampliación de capital tan fallida como fantasma.

Desde el 17 de febrero, día posterior a su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (Borme), empezó a contar el mes reservado a ejercer el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, «en la proporción de una nueva por cada una antigua», reza la documentación. Este derecho será transmisible «en las mismas condiciones que las acciones de que deriven». «En consecuencia, tendrán derecho de suscripción preferente los accionistas que no hubieran transmitido sus derechos de suscripción preferente y los terceros que adquieran tales derechos y lo acrediten convenientemente», puntualiza el anexo.

IR AL CLUB // Pero, ¿cómo es el proceso? «Los accionistas y titulares de derechos de adquisición preferente deberán dirigirse a la entidad, indicando su voluntad de ejercer su derecho, suscribiendo para ello el correspondiente boletín, que le será facilitado por la sociedad e ingresando el importe de las acciones suscrita en la cuenta designada al efecto por la sociedad», detalla. Es decir, que hay que acercarse al club para formalizarlo. «El desembolso íntegro del importe de las acciones nuevas suscritas se hará efectivo en el momento de presentar el boletín de suscripción», añade.

Otro periodo más. «En el caso de que alguno de los socios no ejercitase su derecho de adquisición preferente en el plazo fijado --matiza--, dicho derecho acrecerá al de los otros socios que sí lo hubiesen ejercitado, que podrán

ejercitarlo en los 15 días siguientes a partir del plazo anterior». «La asignación de las acciones adicionales será proporcional a las acciones suscritas por el accionista. Una vez comunicada al socio el número de acciones que le han sido asignadas, deberá proceder en el plazo máximo de dos días desde que reciba la comunicación al desembolso íntegro del importe de las acciones nuevas asignadas», pormenoriza.

Después los dos primeros plazos, el periodo de asignación discrecional constará de 15 días, ya abierto al resto de interesados, con el que la ampliación de capital debería quedar cerrada, a mediados de abril. En teoría...