La sección primera de la Audiencia de Navarra ha confirmado la existencia de los indicios de delito apreciados por el juez instructor para juzgar al expresidente de Osasuna Patxi Izco por la salida de las cuentas del club de 926.611 euros sin justificar.

En sendas resoluciones, contra las que no cabe recurso, también ratifica los motivos esgrimidos en junio de 2019 por el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona para enjuiciar al exgerente Ángel Vizcay y al exauditor Adolfo Suárez Lopetegui.

Asimismo, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en otra resolución también firme, rechaza el recurso interpuesto por Osasuna, que reclamaba que tanto a Izco como a Vizcay se les imputase por un supuesto delito de administración desleal o, en su caso de apropiación indebida, por importe de 7.105.057 euros.

CONSIDERACIONES DEL JUEZ

El juez instructor consideró que entre 2003 y 2012, Izco dispuso o autorizó que se dispusieran de 500.000 euros aproximadamente extraídos en metálico de las cuentas del club sin que se hubieran hallado evidencias del destino dado" a ese dinero.

Exponía que existen indicios de que parte fue recibido por el investigado, que firmó los correspondientes recibos en su propio beneficio o en el de terceras personas no identificadas, así como de que otra parte fue usada para gastos propios no relacionados con su actividad de presidente de Osasuna.

Según relataba, una parte fue usada por el imputado, en España y en el extranjero, para gastos propios en hoteles, tiendas de ropa de hombre, mujer y niño, tiendas de lencería, vinotecas y otros establecimientos de alimentación, perfumerías, restaurantes, un crucero por el Caribe e, incluso, en una ITV, gastos no relacionados con su actividad como presidente y para los cuales no contaba con autorización.

Añadía que otra parte de dicho dinero fue incorporado a su patrimonio a modo de sueldo mensual, cuando ningún precepto estatuario le autorizaba a ello. De igual forma, estimó que había indicios de que, en el verano de 2011, cogió de la caja del club 76.611 euros, que fueron contabilizados bajo el concepto de pago a agente, sin que exista ninguna justificación documental" de su destino.

Con la finalidad de ocultar las irregularidades, según el juez, Izco ordenó e impulsó" actuaciones para que la "contabilidad del club no reflejara la imagen fiel de la situación económica y financiera".

SALIDAS SIN JUSTIFICACIÓN

También apreciaba que el auditor nombrado por Izco, el también investigado Adolfo Suárez, quien conocía la existencia de esas salidas de dinero sin justificación, aceptó encubrir dichas irregularidades en las sucesivas auditorías que realizó" por las que consideraba que percibió "como gratificación" 325.000 euros de las arcas del club cuando Izco cesó como presidente.

Esa cantidad fue recibida a través de una entidad mercantil de nacionalidad holandesa, Castelino BV, con la que Suárez tenía fuertes vinculaciones. En total, Osasuna habría pagado 350.000 euros, de los que 25.000 el 7% fueron detraídos por parte de la entidad mercantil en concepto de comisión por la intermediación prestada.

La Audiencia concluye que las disposiciones patrimoniales no están debidamente justificadas, ante lo cual es evidente la existencia de indicios de responsabilidad criminal que refleja el juez instructor, que bien pueden ser constitutivos de un delito de apropiación indebida o de un delito societario.

Respecto de Suárez, ratifica la investigación del juez instructor al considerar que su conducta podría ser constitutiva de un supuesto delito de administración desleal o de apropiación indebida o de blanqueo, a título de cooperador necesario o de cómplice.

En este sentido, en relación al recurso interpuesto por la defensa de Vizcay, aprecia indicios de la participación del mismo en el contrato de 20 de julio de 2011 con el que se pretendía amparar el pago de 350.000 euros de Osasuna a Castelino BV.

"La realidad de la firma es un hecho indiscutido y con su firma se permitió la salida de dinero de Osasuna, según la sala, que rechaza, debido a su cargo de gerente, la alegación de que desconocía el destino del dinero.