La asociación de usuarios de la banca Adicae, que defiende a muchos afectados por las cláusulas suelo, ha puesto de manifiesto este miércoles que la sentencia del Supremo sobre causa juzgada solo se refiere a las sentencias firmes, las recurridas no entraría en el fallo dictado por el alto tribunal español sobre esta cuestión. El Supremo ha rechazado una demanda de revisión de una sentencia firme sobre cláusula suelo del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torremolinos y afirma que solo tiene efectos extensivos a aquellas sentencias anteriores a la resolución europea del 21 de diciembre del 2016 que fueron igualmente declaradas firmes con conformidad de las partes, aunque solo hubieran recibido devolución desde mayo de 2013.

El Tribunal Supremo ha aplicado la doctrina tradicional de 'cosa juzgada' y el procedimiento complejo denominado 'demandas de revisión' de una sentencia firme de cualquier tipo, pero deja muy claro que no afecta a ninguna sentencia ni demanda anterior a la sentencia europea de cláusula suelo que esté en curso o recurrida en instancias superiores en este momento.

Por ello, considera la asociación, que es completamente claro que la sentencia del Supremo solo alcanzará a una minoría que decidió presentar demandas individuales hasta el 21 de diciembre de 2016 y que obtuvo sentencias que no fueron recurridas y que por ello se hicieron firmes en la instancia correspondiente. En la práctica el auto conocido este miércoles no afecta a la gran mayoría de los afectados, como por ejemplo a los cerca de un millón de clientes con cláusula suelo de BBVA o Abanca, entre otras, ni a las decenas de miles de adheridos a la macrodemanda o demandas colectivas de Adicae, que en todo momento han sido recurridas por la disconformidad con la devolución limitada al 9 de mayo de 2013.

La asociación insiste en un comunicado en el mal comportamiento de toda la banca en torno a una cuestión evidente: "la obligación de devolver lo indebidamente cobrado en las cláusulas suelo desde el principio de sus graves efectos en las hipotecas para los consumidores". Esta conducta ha sido y está siendo la de limitar, entorpecer y retrasar todo lo que puedan el cumplimiento de las sentencias e incluso el actual proceso extrajudicial de devolución puesto en marcha por el Gobierno, agregan.