El mecanismo de segunda oportunidad creado para librar a ciudadanos y pequeños empresarios de deudas no ha funcionado a pleno rendimiento hasta ahora. Los administradores concursales agrupados en la asociación profesional Aspac consideran que la última sentencia del 2 de julio del Tribunal Supremo que exoneraba a los créditos públicos de su pago, abre una puerta para que muchos ciudadanos atrapados en la pesadilla de las deuda impagables puedan encontrar una vía de escape más asumible.

Según esta sentencia, la normativa aplicada hasta ahora tiene una "contradicción", ya que el juez debe aceptar un plan de pagos y al mismo tiempo la Administración mantiene una "ratificación a posteriori" como acreedor. Por ello el Supremo considera que el acreedor público debe ser uno más en el proceso y que de existir exoneración ésta debe ser total.

La idea que impulsan buena parte de los expertos es la necesidad de modificar el sistema de segunda oportunidad, dotándole de mayor flexibilidad para permitir de los morosos sin activos puedan tener una condonación rápida, sin plan de pagos, y que el plan de pagos de las deudas permita eludir incluso la liquidación completa del patrimonio. Esas posibilidades se abrirán con una nueva ley que deberá afrontar el futuro Gobierno. La sentencia del Supremo ha abierto la puerta en forma de jurisprudencia a que los acreedores públicos como Hacienda o la Seguridad Social colaboren en el objetivo de rehabilitar a los deudores.

En opinión de Jordi Castells, administrador concursal y miembro de la junta directiva de Aspac, la ley concursal "no ha sido capaz hasta ahora de dar respuesta a las nuevas necesidades sociales" y "en cambio los juzgados sí están apuntando por donde puede ir la solución". Castells prevé que la sentencia del Supremo de julio sea "trascendente" para impulsar los casos de segunda oportunidad. "En cuanto los despachos conozcan que la tendencia va a ser permitir la exoneración de las deudas con la Administración existirá un incentivo para presentar casos de segunda oportunidad", opina.

Pese a que la puerta a más exoneraciones está abierta, los expertos advierten del creciente papel de los jueces en el proceso. El mecanismo de segunda oportunidad nació como excepción al principio imperante de responsabilidad patrimonial universal ya que por decisión del juez los morosos dejan de pagar sus deudas para siempre, algo que también puede tener consecuencias para sus acreedores.

PROCESOS CONCURSALES

Por otra parte, los administradores concursales confían en que una nueva ley o la reforma de la del 2015 haga que los procesos concursales para empresas sean más un mecanismo para reflotar empresas que para liquidarlas. La estadística es concluyente en la actualidad y el 90% de las empresas que abordan un concurso de acreedores terminan cerrando. "Los administradores concursales defendemos la detección temprana de la insolvencia, para que las empresas lleguen al concurso en condiciones para tomar medidas efectivas", explica Castells. Tal y como está planteada la ley concursal, el objetivo principal es defender los intereses públicos y ahorrar al erario de costosas indemnizaciones. El despido de plantilla y la refinanciación de deudas son los principales remedios para las empresas a las que todavía les queda una esperanza de supervivencia, reconoce Castells.