Los asesores financieros y gestores de caretas independientes no podrán cobrar comisiones a las gestoras de los fondos de inversión que recomienden. Además, los que trabajen en bancos solo podrán hacerlo si incrementan la «calidad del asesoramiento» y garantizan que actúan de forma «honesta, justa y profesional», por ejemplo ofreciendo al menos un 25% de productos de la competencia a sus clientes.

Las dos medidas, dirigidas a evitar que se pueda «adulterar» el asesoramiento, se refieren a los llamados cobros por retrocesión entre entidades (más del 60% de las comisiones que recaudan las gestoras acaban en los bolsillos de las comercializadoras, que en la mayoría de los casos son del mismo banco). Están recogidas en el anteproyecto de reforma de la ley mercado de valores que el Consejo de Ministros estudió ayer y que busca incorporar la directiva europea Mifid II a la legislación española.

Esta norma comunitaria, que tiene como principal objetivo aumentar la protección de los pequeños inversores, entrará en vigor en enero y el Gobierno va muy justo para lograr que la ley española esté adaptada a tiempo. La reforma tiene ahora que pasar por el Consejo de Estado, otra vez el Consejo de Ministros y el Parlamento, con lo que el Ministerio de Economía solo se ha podido comprometer a que entre en vigor «en el plazo más breve posible».

La norma también va a elevar el control de los depósitos estructurados para equipararlos con cualquier otro instrumento financiero. Al contrario que los depósitos a tipo fijo, se trata de productos cuya rentabilidad depende de la evolución de un índice o del precio de un activo financiero. Para recomendarlos, los bancos deberán cumplir una serie de normas, como registrar grabaciones del proceso de venta o clasificar y evaluar la idoneidad del cliente para contratarlo. Además, las empresas de servicios de inversión que diseñen productos financieros deberán crear un proceso previo de aprobación de estos para identificar al mercado de clientes al que va dirigido. El objetivo es que las características del instrumento sean las más adecuadas para su público potencial. El consejo de administración de la compañía será responsable de que así sea. Estas empresas, asimismo, deberán llevar un registro de las actuaciones que realizan con los clientes.