Las 96 entidades financieras españolas que contribuyen al Fondo Único de Resolución de la Unión Europea han realizado en el 2020 aportaciones por un total de 847 millones de euros, frente a los 708 millones de euros aportados en 2019, según una nota publicada este miércoles por el FROB., el representante en España de la Junta Única de Resolución (JUR), encargada de constituir ese fondo.

La JUR ha recaudado 9.195 millones de euros en contribuciones al Fondo correspondientes al ejercicio 2020. Con esta contribución, el mecanismo de resolución acumulará un total cercano a 42.000 millones de euros en forma de contribuciones de 3.066 bancos y empresas de servicios de inversión, recaudadas a través de las autoridades nacionales de resolución, en el caso de España, el FROB.

Asimismo, las entidades financieras ha realizado una contribución del 5,6 millones de euros al Fondo de Resolución Nacional. Las 33 empresas de servicios de inversión y sucursales en España de entidades establecidas fuera de la Unión Europea que no están incluidas en el ámbito del Mecanismo Único de Resolución (aplicable básicamente a entidades de crédito), contribuyen a este fondo.

El Fondo Único de Resolución (FUR), cuyos recursos se destinan a la resolución (intervención, venta o liquidación) de entidades financieras en determinadas circunstancias, irá incrementándose durante un periodo transitorio de ocho años (2016-2023) y ha de alcanzar al menos el 1% de los depósitos cubiertos de los Estados miembros que integran el Mecanismo Único de Resolución para finales de 2023.

EL 1% DE LOS DEPÓSITOS

El 1% de los depósitos cubiertos asciende en la actualidad a aproximadamente 62.000 millones de euros y se estima que se aproximará a los 70.000 millones a finales de 2023. Durante este periodo transitorio, las contribuciones de las entidades de cada país están asignadas a diferentes compartimentos que corresponderán a cada Estado miembro. El uso de estos compartimentos está sujeto a la progresiva mutualización entre todos los Estados participantes (zona euro), de manera que dejarán de existir al final de dicho periodo transitorio.

Para alcanzar el objetivo señalado, las entidades han de realizar contribuciones anualmente al FUR. Dichas contribuciones se calculan sobre la base general de los pasivos de las instituciones, excluyendo los fondos propios y los depósitos cubiertos. Esta base general es posteriormente ajustada en función del perfil de riesgo de cada entidad.