El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) tiene que dictaminar este martes si el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) debe estar sometido a control judicial para examinar si se trata de una cláusula abusiva y por tanto nula o, por el contrario, se escapa de este escrutinio porque el hecho de que sea un índice oficial garantiza su transparencia. Esa decisión pone en juego cerca de 20.000 millones de euros que es el volumen de las hipotecas vivas que tendrían las 12 mayores entidades financieras españolas. Si se extrapola el cálculo a todo el sistema,serían 23.000 millones, considera la consultora financiera DBRS Morningstar. Una sentencia que obligue a la banca a devolver lo cobrado de más (con respecto al euríbor) tendrá un impacto en la banca que puede estar entre los 7.000 y los 44.000 millones de euros, según un informe de Goldman Sachs.

El amplio rango del efecto que establece el banco de inversión se debe a que en el cálculo intervienen muchas variables, comenzando por el método de cálculo para la compensación relacionada con IRPH; el alcance que pueda tener la retroactividad (si finalmente la hay); la proporción de prestatarios que quieran reembolso --algunos, y no pocos, ya han pactado con las entidades cambios en las condiciones-- o el tratamiento fiscal que una indemnización pueda tener para los bancos; entre otros aspectos.

Lo que sí parece más claro es el importe de créditos que tienen afectadas las entidades financieras españolas. CaixaBank es la que más se juega con el IRPH, al tener hipotecas vivas con ese índice por algo más de 6.400 millones, por delante de Santander (4.300 millones), BBVA (3.100 millones), Bankia (1.600 millones) y Sabadell (830 millones). Entre las medianas, Kutxabank también tiene una exposición elevada, superior a 700 millones, mientras que Unicaja y Liberbank tienen hipotecas con IRPH por unos 200 millones cada una. El caso es que entre el 2014 y el 2017, las entidades tuvieron que hacer provisiones por valor de 8.410 millones de euros para hacer frente a gastos legales y litigios fiscales. Y los bancos no han dejado de hacerlas durante los siguientes dos años. Sin embargo, fuentes bancarias apuestan por una resolución en la línea del de abogado general, lo que supondría un impacto mínimo en la factura. "Desde luego mucho menor de lo que dice Goldman Sachs", comentaron fuentes bancarias.

Cómo se juzgarán las reclamaciones

Si bien, el caso fue presentado por un cliente de Bankia, la decisión influirá en cómo se juzgarán las reclamaciones en toda España en el futuro. No está claro cuántos clientes de la banca se verán afectados por esta sentencia, aunque algunas fuentes cuentan medio millón, que han pagado más intereses que aquellos que obtuvieron préstamos basados en euríbor, según un cálculo de la Asociación de Usuarios Financieros, (Asufin).

Los jueces responden a una serie de cuestiones prejudiciales planteadas por un juzgado de primera instancia de Barcelona. El asunto se refiere al caso de un ciudadano español que firmó un contrato hipotecario con Bankia con una cláusula relativa al cálculo de los intereses ordinarios conforme al IRPH. Este cliente presentó una demanda de judicial por considerar que la cláusula era abusiva ante el juzgado barcelonés, que posteriormente elevó el caso al tribunal de Luxemburgo.

Según la documentación remitida por el juzgado de Barcelona al TJUE, el IRPH representa aproximadamente el 10% de los créditos concedidos en España y es "en efecto menos favorable" para el cliente que el euríbor, utilizado en el 90% de los contratos. Además, apunta que emplear el IRPH en lugar del euríbor supone un coste superior de entre 18.000 y 21.000 euros por hipoteca.

La doctrina del Supremo

La Justicia europea debe aclarar si es correcta la doctrina establecida por el Tribunal Supremo, que en 2017 dictaminó que un índice oficial como el IRPH no puede someterse a control judicial porque no está comprendido en el ámbito de aplicación de la directiva europea sobre cláusulas abusivas.

Sin embargo, el abogado general del alto tribunal europeo, Maciej Szpunar declaró hace unos meses que el IRPH debe estar sometido a la tutela de los tribunales nacionales porque el mero hecho de ser un índice oficial no garantiza que sea transparente. Las conclusiones de los abogados generales no son vinculantes de cara a las sentencias posteriores, aunque suelen seguir la misma dirección en la mayoría de los casos. No ocurrió así, sin embargo, con la sentencia sobre cláusulas suelo, en la que el tribunal acabó declarando el carácter abusivo cuando se hubieran vendido sin transparencia y la retroactividad de la indemnización, mientras que el abogado general fue más indulgente con los bancos al no considerar la retoractividad.