Fátima Báñez, ministra de Empleo, explica hoy en el Congreso de los Diputados los pasos que va a seguir para prorrogar el Plan Prepara, que dejó de ser efectivo el pasado 15 de agosto después de tres prórrogas de seis meses cada una. La prórroga automática no se aplica desde que las tasa de paro ha bajado del 18%, como certificó la encuesta de población activa (EPA) del segundo trimestre.

Una sentencia del Tribunal Constitucional ha obligado al Gobierno a trasladarla gestión de esta ayuda a las comunidades autónomas. En una reunión hace dos semanas con los agentes sociales, CCOO y UGT pidieron una reagrupación de todas la auidas y subvenciones.

Estas son las características del Plan Prepara:

--Se trata de una ayuda extraordinaria que se concede durante seis meses sin prórroga a los trabajadores en paro que hayan agotado todas las prestaciones y subsidios.

--Su cuantía es de 400 o 450 euros mensuales, dependiendo de si se tiene familiares a cargo (entre 2.400 o 2.700 euros por parado en medio año)

--El solicitante tiene que ser parado de larga duración y estar inscrito como demandantes de empleo al menos 12 de los 18 meses anteriores a la solicitud.

--Tiene que haber agotado la prestación o subsidio por desempleo, ni haber cobrado con anterioridad ayudas similares como el PRODI, la Renta Agraria o la Renta Activa de Inserción (RAI).

--El parado que quiera acogerse deberá acreditar haber buscado activamente empleo durante al menos 30 días desde la pérdida de todas las prestaciones.

--También se tiene que comprometer a seguir los cursos de formación y orientación profesional. De o contrario, perderá la ayuda. Tampoco podrá recibirla si tienen deudas con Hacienda o la Seguridad Social.

-- La renta del posible beneficiario no deberá superar el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) que para este año es de 530,78 euros al mes. En caso de que carezca de renta se tendrá en cuenta los ingresos de la unidad familiar. Es decir, se tendrá que sumar las rentas de las personas con las que convive (padres, cónyuge o hijos menores de 26 años o mayores discapacitados, o menores acogidos), sumarlas todas y dividirlas por el número de miembros de la unidad familiar. El resultado no deberá superar los 530,78 euros mensuales.

--El plazo de presentación de la solicitud empieza a contar dos meses después de agotar la prestación por desempleo.