La Comisión Europea archivó ayer el expediente abierto contra España por el trato fiscal favorable del que gozaban los puertos, después de que las autoridades españolas se hayan comprometido a aplicar a partir del 2020 el impuesto de sociedades a estas entidades.

La Comisión Europea había reclamado a principios de año la finalización urgente del régimen tributario favorable de que disfrutan los puertos, exentos del pago del impuesto de Sociedades en sus principales fuentes de ingresos: las tasas portuarias y los contratos de concesión. Bruselas ha defendido siempre que esas ventajas son una forma de ayuda de Estado incompatible con las reglas europeas.

Bruselas explicó que no puede reclamar las ayudas ya concedidas a los puertos españoles porque la exención del impuesto de Sociedades ya existía antes de que España entrase en el bloque comunitario. El Ejecutivo comunitario abrió este procedimiento en enero, cuando concluyó de manera «preliminar» que el sistema tributario concedía a puertos españoles «una ventaja selectiva» que vulneraba las normas europeas.

Fuentes de Puertos del Estado reconocieron que es prematuro calcular el impacto del cambio en la contabilidad de cada puerto, pero que a priori «se espera que el efecto no produzca efectos significativamente relevantes en las cantidades a ingresar». Puertos del Estado resalta que la Comisión ha aceptado introducir una deducción en la cuota del impuesto por el importe de determinadas categorías de inversiones y gastos de interés general para compensar el efecto. El cambio fiscal general «exigirá cambiar las leyes del impuesto sobre sociedades estatal y de las Haciendas forales de Vizcaya y Guipúzcoa».

La abolición de ventajas fiscales no significa que los puertos ya no puedan recibir ayudas estatales. Los estados miembros tienen muchas posibilidades de apoyar a los puertos, por ejemplo, para lograr los objetivos de transporte de la UE o para poner en marcha inversiones en infraestructuras necesarias que no habrían sido posibles sin mediar ayudas públicas. A este respecto, en mayo del 2017, la Comisión ya simplificó las normas aplicables a la inversión pública en los puertos.

En particular, amplió el ámbito de aplicación de su reglamento general de exención por categorías a las inversiones no problemáticas en los puertos. En consecuencia, los estados miembros pueden invertir hasta 150 millones de euros en puertos marítimos y hasta 50 millones de euros en puertos interiores con plena seguridad jurídica y sin verificación previa por parte de la Comisión. Por contra, Bruselas abrirá una investigación en profundidad a Italia, que recibió la misma advertencia que España pero se ha negado a modificar su legislación.