El Gobierno, a través del Ministerio de Transportes, garantizará, durante el periodo que dure el estado de alarma, las entregas de los productos que los ciudadanos compren a través de Internet, por teléfono o por correspondencia. Así se establece en virtud de la modificación del decreto del estado de alarma por la crisis del coronavirus que el Consejo de Ministros aprobó en su reunión de este martes y que hoy miércoles publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Entre las modificaciones introducidas al texto aprobado el pasado sábado, figura esta ampliación en lo relativo a la seguridad y garantía de los suministros. Así, el artículo 14 del Decreto de declaración del estado de alarma aprobado el sábado, el referido a los transportes, establecía en su apartado cuarto que "por resolución del Ministro de Transportes, se establecerán las condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional con objeto de garantizar el abastecimiento".

En virtud de la modificación del Decreto aprobada este martes, este apartado del artículo relativo a los transportes se ha ampliado para incluir las compras a distancia. De esta forma, este apartado queda como sigue:

"Por resolución del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se establecerán las condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, con objeto de garantizar el abastecimiento y la entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia".