El Gobierno anunció ayer sus primeras medidas para paliar los efectos que la crisis del coronavirus pueda originar entre las empresas que operan en España. El Ministerio de Trabajo publicó una guía práctica para las compañías que obliga a las firmas a clausurar sus centros de trabajo si detectan un brote o riesgo «grave e inminente» de contagio masivo por el virus covid-19.

El departamento liderado por Yolanda Díaz también instó a las compañías a realizar una «interpretación restrictiva» de dicho concepto y recuerda que «la mera suposición o la alarma social generada no son suficientes». Y no solo será competencia y obligación de las empresas paralizar la actividad en caso de riesgo «grave e inminente» de contagio, sino también de los trabajadores. El comité de empresa, por decisión mayoritaria, o los delegados de prevención de riesgos laborales pueden decidir unilateralmente la paralización de la actividad empresarial. Tanto empresa como trabajadores tienen la obligación de «informar lo antes posible» ante un riesgo de contagio o brote.

Trabajo también informó de que aquellas compañías que puedan acreditar «fuerza mayor» para justificar un cierre temporal no deberán pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de sus empleados mientras dure el mismo. Y a los trabajadores no se les descontará de su historial de cotización. El coste pasará a asumirlo el erario público. En caso de que la empresa acabe despidiendo a trabajadores, las indemnizaciones las asumirá el Fondo de Garantía Salarial.

No obstante, no todas las compañías que vean afectada su actividad podrán recurrir a esta medida y cargarle parte del coste a la Seguridad Social. En última instancia será la autoridad laboral competente, ya sea directamente el Ministerio de Trabajo u otros organismos quien tenga la última palabra. Las compañías solo podrán acogerse al supuesto de «fuerza mayor» si pueden acreditar una ausencia masiva de trabajadores, debido a causas médicas, o una orden directa de la autoridad sanitaria de clausura del centro de trabajo.

No cuentan para dicho supuesto las dificultades para proveerse de materiales u otras existencias o la falta de demanda.

En paralelo a esta cuestión, el Ministerio de Hacienda también está preparando un plan de contingencia para paliar los potenciales efectos del coronavirus sobre los balances de las empresas, siempre que la epidemia se extienda en el tiempo.

Así lo explicó la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que aseguró que el Ejecutivo estudia ayudas fiscales similares a las que ha adoptado el Gobierno italiano. No obstante, la dirigente socialista evitó avanzar más detalles y manifestó que «todavía no podemos hablar de que se note en el funcionamiento habitual de la economía».