El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el real decreto sobreprotección a deudores hipotecarios, reestructuración de su deuda y alquiler social, que entra en vigor a partir de este domingo y que aprobó el viernes el Consejo de Ministros.

Entre los aspectos más destacados del decreto figura la ampliación hasta 2020, tres años más de lo previsto, de la moratoria antidesahucios de vivienda habitual para familias vulnerables, que desde ete domingo además a aquellas que tengan hijos menores de 18 años.

También se podrán acoger a esta medida las unidades familiares en las que convivan una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que se encuentre en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave.

VIOLENCIA DE GÉNERO

De la misma manera, podrán acogerse aquellas familias en las que exista una víctima de violencia de género, y respecto a los parados, se amplía su alcance al eliminarse el requisito de haber agotado las prestaciones por desempleo.

Por lo que respecta al alquiler, el Código de Buenas Prácticasincluye la opción de alquiler de la vivienda habitual ejecutada, de modo que durante el plazo de vigencia de la suspensión del lanzamiento, el deudor podrá solicitar un alquiler de la vivienda en condiciones favorables.

El precio máximo anual del citado alquiler podrá ser el 3 % del valor de la casa al tiempo de la aprobación del remate determinado según tasación, y el arrendamiento se podrá prolongar cinco años prorrogables.