El Consejo de Ministros aprueba este martes una ampliación del bono social eléctrico para dar protección a los consumidores afectados por el coronavirus, según fuentes del Ejecutivo. En concreto, aquellas personas que, a raíz de la pandemia se encuentren en situación de vulnerabilidad, podrán presentar una "declaración responsable" sobre sus ingresos (al no poder presentar la declaración del IRPF) para acceder a un descuento del 25% en su factura de la luz. Según los últimos datos disponibles, más de 1.330.000 hogares son beneficiarios de alguno de los supuestos del bono social. Desde la declaración del estado de alarma, más de 42.000 nuevos hogares han accedido a esta prestación.

El bono social eléctrico es un descuento de entre el 25% y el 40% en la factura de la luz para aquellos consumidores considerados vulnerables que están acogidos a la tarifa regulada de la luz. Además, desde el año pasado, quienes disponen del bono social eléctrico automáticamente también reciben el térmico una especie de cheque para la calefacción en los meses invernales.

Serán considerados 'consumidores vulnerables por covid' aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo, bajo un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o haber visto recudida su jornada laboral por motivo de cuidados o afrontar otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, en caso de ser empresario; o que alguno de los miembros de su unidad familiar se encuentre en situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo, o haya visto recudida su jornada laboral por motivo de cuidados o afrontar otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, en caso de ser empresario.

En cualquiera de estos casos, para poder acceder al bono social, los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior al momento en el que se presenta la solicitud del bono social completa, deben ser inferiores a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (11.279); 2 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (15.039); o 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (18.799).

El derecho a percibir el bono social se extinguirá cuando dejen de concurrir los requisitos requeridos para ser beneficiario. En todo caso, el derecho a percibir el bono social, en los términos de este nuevo supuesto, se extinguirá el 30 de junio de 2021, aunque podrá pasar a beneficiarse de otros supuestos del bono social si cumple con los requisitos necesarios.