La crisis sanitaria y económica vinculada a la pandemia se está alargando más de lo que había previsto el Gobierno. Buena parte de las medidas adoptadas por el Gobierno en los meses de marzo y abril tenían el 30 de septiembre como fecha de caducidad y un día antes de su vencimiento, el Consejo de Ministros ha decidido este martes dar una nueva vida a la mayor parte de las que integraron el llamado 'escudo social' frente al virus. Es el caso, de los ertes y de las ayudas a autónomos, prorrogadas hasta el 31 de enero. También se han prorrogado otras medidas sociales, al tiempo que algunas de ellas han quedado caducadas.

BONO ELÉCTRICO

El decreto de prórroga de los ertes aprobado este martes por el Consejo de Ministros incluye una ampliación del bono eléctrico para dar protección a los consumidores afectados por el coronavirus. Podrán beneficiarse del descuento en el recibo eléctrico (entre el 25% y el 40%), no solo quienes acrediten unos determinados ingresos familiaries bajos en el año anterior (como sucedía hasta ahora). A partir de ahora y hasta el 30 de junio, también serán considerados 'consumidores vulnerables por covid', y podrán tener acceso a un descuento directo en la factura de la luz del 25 % las personas en situación de desempleo, en ERTE o que hayan visto reducida su jornada laboral por cuidados o, en el caso de ser empresario, afrontar circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos. También aquellos en cuya unidad familiar algún miembro se encuentre en las situaciones mencionadas. Para ello solo tendrán que acreditar que el mes anterior a la solicitud (ya no, el año anterior) tuvieron unos ingresos inferiores a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que el consumidor no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (11.279 euros). También podrán hacerlo los que tengan ingresos inferiores a dos veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (15.039 euros), y 2,5 veces en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (18.799 euros).

MENOR PROTECCIÓN FRENTE AL CORTE DE SUMINISTROS

A partir del 30 de septiembre sí decae la medida adoptada en abril (y renovada en julio) que prohibía los cortes de suministro de agua, luz o gas a todas las familias españolas. El corte de suministro solo se mantendrá prohibido --como antes de la pandemia-- para las familias beneficiarias del bono social con un hijo a cargo o con un discapacitado o un dependiente como integrantes del hogar.

En la medida en que el bono social se amplía, bajo ciertas condiciones, a personas paradas o en erte y a empresarios con desplome en sus ingresos, también aumenta el colectivo al abrigo de los cortes de luz. Sin embargo, según denuncia la Alianza contra la Pobreza Energética (APE), al decaer la prohibición general de cortes de suministro aún quedarán expuestas a ellos "miles de familias" vulnerables. Eso, sin contar con que desaparece el escudo estatal frente a los cortes de agua o gas, si bien se prorroga el 'bono social térmico' (anualidad de entre 25 y 124 euros para calefacción).

DESAHUCIOS

El decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros amplía hasta el 31 de enero de 2021 el plazo máximo de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional. Según el Gobierno, "esta medida favorece la posibilidad de actuación de los servicios sociales teniendo en cuenta que persiste una difícil situación para muchos hogares que pueden estar en riesgo de perder su vivienda".

ALQUILERES

También se extiende hasta el 31 de enero de 2021 la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, que tendrán que decidir entre quitas del 50% del alquiler o una reestructuración de la deuda en, al menos, 3 años. Esta medida no afecta a los pequeños propietarios de vivienda.

Además se amplían hasta esa misma fecha los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que el propietario, persona física, no haya comunicado la necesidad de la vivienda para sí.

SIN MORATORIA HIPOTECARIA

Lo que sí caduca este 30 de septiembre es la posibilidad de negociar una moratoria hipotecaria con la entidad financiera al amparo de las reglas especiales que han regido desde el estallido de la pandemia. Desde el 2 de abril y hasta el 30 de septiembre, la Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha permitido que una moratoria motivada por el covid-19 no exija provisiones adicionales para las entidades financieras. Las entidades financieras negocian con la EBA ampliar este plazo, pero al menos de momento no hay noticias sobre su avance.