Hacienda ha decidido suprimir el programa Padre de cara a la declaración de la renta del 2016, que se presentará la próxima primavera. El Padre se sustituye por el sistema Renta Web, que se generaliza para todos los contribuyentes del IRPF.

El sistema Renta Web para tramitar el borrador o la declaraciónes para todos los declarantes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas. En la pasada campaña no pudieron utilizarlo quienes tenían ingresos procedentes de actividades económicas.

El contribuyente accede directamente al servidor de la Agencia Tributaria y añade cualquier dato o renta, de forma que puede tramitar 'on-line', sin necesidad de descargar como con el programa Padre, su borrador o declaración. La primera modalidad que Hacienda decidió 'jubilar' fue la de la declaración hecha a mano. Ahora le toca el turno al programa Padre.

En la última campaña, la Agencia Tributaria calculó que podían acogerse a Renta Web, que provocó en su estreno algunos colapsos en la red, más de 15,2 millones de declarantes, lo que supone el 80% del total. El resto, más de cuatro millones, son contribuyentes con ing

La próxima campaña comenzará el 5 de abril para quienes presentan la declaración por internet. El resto de la campaña empezará el 11 de mayo y durará hasta el 30 de junio, según el calendario tributario que ha publicado la Agencia Tributaria.

SUMINISTRO ELECTRÓNICO

Otra de las novedades es el nuevo sistema de llevanza de libros registro a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria -SII- consistente en el suministro electrónico de los registros de facturación, a partir del 1 de julio del 2017, que se incluye en el decreto de medidas tributarias aprobado por el Gobierno.

El SII es obligatorio para empresarios, profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural: grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04€ en el año anterior), grupos de IVA e inscritos en el REDEME (Registro de Devolución mensual del IVA).

Quienes no estén obligados a acogerse al SII lo podrán hacer de forma voluntaria, ejerciendo la opción en el modelo de impreso 036: mes de noviembre anterior al inicio del año natural en que deba surtir efecto o al presentar la declaración de comienzo de actividad (para 2017: mes de junio 2017). La opción se entenderá prorrogada para los años siguientes mientras no se renuncie a su aplicación. La renuncia se realizará en el modelo 036: mes de noviembre anterior al inicio del año en que surta efecto. El período de declaración será mensual.