Ya hay recomendación del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la denuncia de la Comisión Europea contra España por demorar la reforma sobre créditos hipotecarios y no son buenas noticias para el Gobierno español. Según el dictamen preliminar emitido este jueves por Evgeni Tanchev, España debería ser condenada a pagar una multa coercitiva diaria de unos 106 000 euros hasta que dé cumplimiento a la directiva por no haber adoptado las disposiciones necesarias para cumplir con la directiva sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial.

La nueva ley hipotecaria española entrará en vigor finalmente a medios del mes de junio, tras su publicación el pasado 2 de marzo en el 'Boletín Oficial del Estado' (BOE), casi un mes después de que la aprobara el Congreso. Las nuevas condiciones para la concesión de hipotecas entrarán en vigor a los tres meses de la publicación en el BOE, por lo que retrasa hasta el 16 de junio su aplicación efectiva. La nueva ley establece, entre otras cuestiones, el reparto de gastos entre la entidad financiera y el consumidor, un abaratamiento de los intereses de demora y de amortización anticipada, o el aumento de los meses de impago antes de que se ejecute un crédito.

La Comisión Europea lanzó su ultimátum a España en mayo del 2015 con un plazo límite para cumplir con la normativa europea sobre créditos hipotecarios: 21 de marzo de 2016. Un año después Bruselas constató la falta de cumplimiento de la norma que debía equiparar la protección del consumidor bancario español al del resto de consumidores europeos y decidió denunciar a España ante la corte europea de justicia con petición de multa incluida: 105.991 euros por cada día de retraso, con efecto a partir de la fecha del pronunciamiento de la sentencia por la que se declare el incumplimiento de la obligación de adoptar o notificar a la Comisión las disposiciones necesarias para cumplir con la directiva, que data de 2014 y que tiene por objetivo crear un mercado del crédito hipotecario con un nivel de protección elevado en toda la UE.

El abogado General propone ahora a la Corte que declare que España ha incumplido sus obligaciones de informar y que, en consecuencia, imponga una multa coercitiva diaria. Tanchev defiende una interpretación amplia sobre cuándo un Estado miembro "ha incumplido la obligación de informar" sobre las medidas de transposición y considera que la imposición de una multa coercitiva es adecuada como medida persuasiva y no es una sanción desproporcionada.

Se trata de la primera vez que el Ejecutivo comunitario pide directamente, sin sentencia de incumplimiento previa, una sanción económica contra un Estado miembro por incumplir la normativa. El elevado importe de la multa coercitiva, según alegó Bruselas en el escrito remitido a la corte europea, se debe a la gravedad y la duración de la infracción y al efecto disuasorio, en función de la capacidad de pago de España. El caso no tiene relación alguna con el de las cláusulas suelo pero supone un toque de atención más contra España por una legislación hipotecaria que no ha protegido hasta ahora adecuadamente a los consumidores.