El fallo del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que insta a equiparar temporales y fijos sacudió, en septiembre del 2016, los despachos del Gobierno y de jueces y juristas. Se sumaba a la lista de varapalos del TJUE a España en varios ámbitos, como el canon digital y los derechos de los firmantes de hipotecas. Los magistrados europeos basaron su decisión en que la normativa europea impide la discriminación entre trabajadores.

Pero tras la resolución europea y los efectos en la justicia española, el TJUE tendrá que volver a pronunciarse sobre las indemnizaciones de contratos laborales en España a petición del Tribunal Supremo, que ha solicitado una aclaración de los efectos del principio de no discriminación en los contratos de interinidad y los temporales en España.

El presidente del TJUE, Koen Lenaerts, admitió recientemente que los magistrados europeos «no comprendieron completamente el problema» de las diferencias sobre despidos entre contratos en España.

Del nuevo pronunciamiento del TJUE dependerá también la actuación del Gobierno, que dispone de un informe de un grupo de trabajo de agentes sociales que aconsejaba adaptar la normativa para equiparar interinos y fijos aunque pide una aclaración por parte de los magistrados europeos.