El expresidente de Caja Madrid y Bankia, Rodrigo Rato, ha recogido este miércoles en la Audiencia Nacional el requerimiento de entrada en prisión, por lo que a partir de ahora tiene 10 días hábiles para ingresar, es decir, hasta el 25 de octubre. Según han informado fuentes jurídicas, además de Rato también ha acudido a la Audiencia Nacional el exsecretario de Estado de Hacienda Estanislao Rodríguez Ponga, otro de los 15 exdirectivos de Caja Madrid condenados a más de dos años de prisión por el caso de las 'tarjetas black'. Rato fue sentenciado a cuatro años y medio de cárcel, mientras que Rodríguez Ponga deberá cumplir tres años y dos meses.

OTROS ACUSADOS TENDRÁN UN DÍA MÁS

Tanto Rato como Rodríguez Ponga, como los otros 13 condenados, estaban citados este jueves, de 9.00 a 11.00 horas en la Sección de Ejecutorias de la Audiencia Nacional para ser notificados formalmente de la orden por la que al cabo de 10 días hábiles tendrán que haber ingresado en el centro penitenciario de su elección. Los 13 condenados restantes que están citados este jueves, por tanto, tendrán hasta el día 26 de octubre para entrar en la cárcel.

EL CASO DEL FRAUDE FISCAL

Por otra parte, la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado este miércoles mantener abiertas las pesquisas sobre presunto fraude fiscal entre 2014 y 2015 al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, aunque abre la puerta a que se tramiten en una pieza separada para agilizar la causa principal sobre el origen de su patrimonio. En su auto, la sección 23 de la Audiencia Provincial desestima el recurso interpuesto por el exministro contra la decisión del juez instructor de ampliar las pesquisas, inicialmente circunscritas a 2012 y 2013, al entender que a pesar de basarse en documentos incautados "más allá de los límites del auto de entrada y registro" no supone exceso alguno por parte de los investigadores.

PIEZA SEPARADA

Según sostienen los magistrados, una querella da origen a la instrucción penal "pero no puede agotarla", por lo que defiende la legalidad de extender las actuaciones "en virtud de los datos que vayan surgiendo (...) por la sencilla razón de que resulta imposible adivinar desde un principio a donde (sic) puede conducir la noticia inicial". De este modo, rechazan el principal argumento alegado por el exministro, que afeaba a la Fiscalía Anticorrupción por iniciar una causa prospectiva contra él, si bien deja a voluntad del juez Antonio Serrano-Arnal la apertura de una pieza separada para la investigación de estos hechos "por la deseable conclusión en un plazo razonable de la causa principal".