El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la orden del Ministerio de Trabajo que garantiza el cumplimiento de la obligación empresarial de suscribir y pagar el convenio especial para mayores de 55 años afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE). La orden, que entrará en vigor hoy, tiene por objetivo reforzar la «seguridad jurídica» a las personas de más de 55 años afectadas por un ERE y concede más prerrogativas a la Seguridad Social para actuar de oficio.

El Ministerio de Trabajo explicita en su orden que son las empresas quienes tienen la obligación de abonar las cuotas destinadas a la financiación del convenio y de solicitar la suscripción del convenio durante la tramitación del ERE.

La obligación de la empresa se mantendrá hasta que los trabajadores cumplan los 63 años o 61 años si se trata de un despido colectivo por causas económicas. A partir de ese momento, las personas afectadas deberán abonar las aportaciones a la Seguridad Social hasta la fecha de acceso a la jubilación anticipada.

La reforma también ha acotado a seis meses el plazo para que se realice el trámite de suscripción al convenio especial.