Un juzgado de Valencia ha validado la actuación de Inspección de Trabajo en relación a la empresa de reparto Deliveroo y ha dictaminado que sus repartidores operaban como falsos autónomos. Así lo recoge la sentencia del magistrado del juzgado número cinco de lo social de la capital valenciana, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, y que atañe a 97 'riders'. Este es el primer fallo judicial en toda España que valida el criterio de Inspección de Trabajo en una actuación sobre una empresa digital de reparto.

Hasta ahora Deliveroo, al igual que Glovo, había sido objeto de intervenciones de la 'policía laboral', que había determinado en Valencia, Barcelona y Madrid que el sistema de autónomos en el que sustentaba su entramado de repartidores no se adecuaba con el ordenamiento jurídico español. Estos debían ser trabajadores asalariados e Inspección interpuso sendas multas a la multinacional por ello. No obstante, Deliveroo había recurrido las actuaciones ante los tribunales y el pasado 19 de junio, fecha de la sentencia, juzgado de lo social número cinco de Valencia emitió la primera sentencia: los 'riders' actuaban como falsos autónomos.