El ejercicio fiscal del 2017 nació el ya lejano 1 de enero del año pasado. Durante los meses de mayo y junio los contribuyentes particulares han rendido sus cuentas mediante su declaración de la Renta, campaña eterna que se inició en Marzo y finalizó el 2 de julio.

Ahora es el tiempo de que el resto de los contribuyentes, como son las Sociedades Anónimas, Limitadas, asociaciones, sociedades civiles, ….., se retraten también delante del fisco.

El próximo día 25 de julio finaliza el plazo para la presentación del Impuesto de Sociedades, y antes de día 30 de este mismo mes también algunas de ellas tendrán que cumplir con la obligación de presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil, las cuales han introducido un conjunto de nuevos requisitos de la información sobre la titularidad de las mismas. Y todo ello junto con las obligaciones tributarias del segundo trimestre del 2018 (IVA, Mod. 111, 115, 193, etc…).

Desde los despachos de los Gestores Administrativos queremos incidir especialmente en unas pequeñas pautas que posiblemente nos eviten algún susto ante una posible revisión de las cuentas de la empresa por parte de Hacienda, la cuál cada vez tiene más datos y medios para supervisar el cumplimiento de nuestras obligaciones. No es intención hacer un análisis profundo de lo anterior pero si recordar que una cosa es la contabilidad de la empresa, y la otra el impuesto de sociedades, juntos pero no revueltos. Fiscalmente no son deducibles las sanciones y multas, el exceso del 1% de las ventas en las atenciones a clientes, las liberalidades (y aquí también se incluyen condonaciones de deudas a nuestros clientes), las amortizaciones no declaradas en ejercicios anteriores, determinados usos de los vehículos, etc.….

Desde hace unos pocos años hacia aquí, la Agencia Tributaria está prestando una especial atención en la compensación de bases negativas de ejercicios anteriores, ya que una mala aplicación de las mismas por parte de las empresas puede llevar sanciones importantes a la misma.

Por supuesto, no son todo malas noticias, las posibles deducciones provenientes de la dotación a las reservas de capitalización y nivelación, y otras con un menor ámbito de aplicación, rebajan nuestra factura fiscal.

Una contabilidad mal llevada tiene como consecuencia el no poder acceder a las deducciones existentes y una probabilidad muy alta de tener una inspección por parte de Hacienda. Para evitar este tipo de sobresaltos es conveniente acudir y asesorarse por profesionales como los Gestores Administrativos, e iniciar las vacaciones en agosto con la tranquilidad y la satisfacción de haber cumplido con nuestras obligaciones.