Hace unos días el juzgado número 1 de Getafe declaró firme la sentencia que absolvía a 8 sindicalistas por los altercados que se produjeron frente a la factoría de Airbus durante la convocatoria de huelga general del 2010. Estos trabajadores se enfrentaban a una petición de más de 60 años de cárcel bajo la acusación de haber cometido un delito contra los derechos de los trabajadores, atentado y lesiones. Según el fallo, confirmado ahora, la presunción de inocencia es la primera y principal garantía que el procedimiento penal otorga al ciudadano acusado y este principio se vulnera cuando se condena a alguna persona sin pruebas. En múltiples ocasiones me he referido a las graves consecuencias que para los trabajadores y trabajadoras han tenido las políticas económicas y laborales del PP. Y para reforzar estas políticas el Gobierno del PP diseñó un plan de contingencia a fin de limitar la capacidad de movilización de los ciudadanos y ciudadanas y particularmente de los trabajadores y trabajadoras, actuando fundamentalmente sobre los derechos de manifestación y sobre el derecho de huelga.

La punta de lanza contra el ejercicio del derecho de manifestación y reunión lo constituyó la ley de seguridad ciudadana aprobada en solitario por el PP con el objetivo de acallar las protestas ciudadanas que día tras día se sucedían fruto de las políticas de recortes sociales. Con el argumento de reforzar la democracia y mejorar nuestros niveles de convivencia se daba una vuelta de tuerca a los derechos y las libertades públicas a fin de acallar el creciente malestar ciudadano que llevó a que durante los años 2014 y 2015 se convocase en España más de 87.000 manifestaciones, una cifra desde luego nada despreciable y muestra del nivel de hartazgo de la inmensa mayoría de la población. Lo que el Gobierno no pareció tener en cuenta fue que, según los propios datos del Ministerio del Interior, solo se produjeron incidentes en menos del 1% de las manifestaciones convocadas, un número insignificante que demuestra lo innecesario de esta ley que no se justificaba por una demanda social de mayor seguridad, si no por la intención política de retorcer las leyes para acabar con las protestas. Lo que el Gobierno no quiso entender es que a pesar de intentar limitar la capacidad de movilización de los ciudadanos no pudo evitar la gran movilización democrática del pasado 20 de diciembre en la que los ciudadanos sustituyeron las pancartas y los gritos por las papeletas.

El otro ámbito de movilización que el Gobierno pretendió amordazar fue el laboral, y no teniendo suficiente con aprobar la reforma laboral más regresiva de la democracia se propuso criminalizar el ejercicio del derecho de huelga poniendo toda la maquinaria del Estado a su servicio para que el delito contra los derechos de los trabajadores recogido el el artículo 315.3 del Código Penal se utilizase como instrumento para perseguir sindicalistas, lo que llevó a un hecho insólito en la historia reciente de nuestro país y de la Europa democrática, el encausamiento de más de 300 personas por haber ejercido un derecho cuya consecución fue fruto del esfuerzo, la lucha y el sufrimiento de millones de trabajadores y cuyo ejercicio en libertad resulta imprescindible para la defensa de los intereses y derechos de los trabajadores y trabajadoras.

Por suerte, pero fundamentalmente por derecho, los tribunales empiezan a poner las cosas en su sitio, y la reciente sentencia sobre los 8 de Airbus en la que se se les absuelve de cualquier delito confirma que el Gobierno del PP pretendió convertir la protesta social y laboral en un problema de orden público, con el único objetivo de amedrentar a la ciudadanía y acallar el conflicto social. Estoy seguro de que en los próximos meses veremos nuevas sentencias que acabarán con el dolor y sufrimiento de todos los trabajadores y trabajadoras que se han visto injustamente acusados por defender los derechos que se les arrebató, y para asegurarnos de que nunca más se criminalice el derecho de huelga y la libertad sindical resulta imprescindible que el nuevo gobierno derogue el artículo 315.3 del Código Penal. H

*Secretario general de UGT-CS