La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional coincide con la jueza Carmen Lamela en tener muy presente la decisión del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y de cuatro 'exconsellers' de marcharse a Bruselas a la hora de declarar proporcionada la prisión de los presidentes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.

Lo argumenta en uno de los autos en los que rechaza los recursos presentados contra su ingreso en prisión el pasado 16 de agosto. Sostiene que "quienes tienen una presumible y muy relevante participación en el proceso sedicioso, con quienes son innegables las afinidades, se encuentren huidos en el extranjero".

Añade que ello "más que un factor que minimice ese riesgo de fuga, puede suponer una potenciación del mismo, en la medida que siempre les resultará más fácil encontrar refugio entre ellos, si deciden abandonar España".

Señala, además, que "escasas garantías" puede haber de que, "una vez puesto en libertad, no vaya a seguir en la misma actitud de franco y no pacífico enfrentamiento que hasta el momento ha venido mostrando, amparándose en la cobertura que le puede ofrecer la legalidad de la asociación que preside".

La resolución, cuyo fallo fue adelantado el pasado viernes, se refiere solo a las protestas desarrolladas en Barcelona los pasados 20 y 21 de septiembre durante las que se obstaculizaron los registros y arrestos ordenados en la operación Anubis por el Juzgado de Instrucción número 13 de esa ciudad.

Los autos son firmados por cuatro de los cinco magistrados que forman la Sección Segunda. El quinto, José Ricardo de Prada, firma un voto particular en el que considera no motivada la prisión de los dirigentes soberanistas y sostiene que la magistrada no ha individualizado sus conductas.