En medio de la mayor crisis sanitaria que atraviesa España en su historia reciente, el Congreso ha ratificado este miércoles la derogación del despido por bajas médicas intermitentes. La supresión del artículo 52.D del Estatuto de los Trabajadores fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 18 de febrero y este miércoles una mayoría de diputados le ha dado la puntilla. "Hoy, más que nunca, derecho a la salud", ha afirmado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, antes de la votación; en un Congreso de los Diputados prácticamente vacío ante la actual pandemia. El Gobierno de coalición del PSOE y Unidas Podemos finiquita así una de las herencias de la reforma laboral del PP del 2012.

El artículo 52.D habilitaba hasta su derogación que las empresas pudieran despedir a un trabajador que hubiera acumulado bajas, aunque estas fueran justificadas, de manera intermitente y que superaran el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos. Siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcanzara el 5% de las jornadas hábiles o el 25% en cuatro de los últimos 12 meses. En dicho supuesto, la compañía podía aplicar un cese por motivos objetivos, lo que equivale a 20 días por año trabajado; la cuantía mínima por ley. Actualmente, los trabajadores que concatenen bajas pueden ser despedidos, aunque ello debiera ser tramitado como un despido improcedente y aumenta la indemnización a percibir por el cesado a 33 días por año trabajado.

"Hemos cumplido", ha afirmado la ministra Díaz desde la tribuna de oradores. Pues la supresión del 52.D era una de las promesas electorales de Unidas Podemos y uno de los primeros puntos del acuerdo programático del Gobierno de coalición. Pues esta medida, con un uso limitado durante años por la mayoría de empresas, saltó a la primera línea mediática en octubre del 2019; cuando el Tribunal Constitucional lo avaló explícitamente.

El real decreto aprobado por el Gobierno en febrero y validado este miércoles por el Congreso apuesta por la vía más garantista para el trabajador, pues suprime por completo el 52.D y no retrocede a la legislación previa a la reforma laboral del PP del 2012. Cuando, bajo mandato del PSOE, regían los requisitos para el despido por la acumulación intermitente de bajas, pero los condicionaba a unos índices de absentismo colectivos en las empresas. A este respecto, la ministra de Unidas Podemos ha citado una intervención del ex presidente socialista Felipe González en el 1979. "Aquí se trata de consagrar en el Estatuto de los Trabajadores el pecado original: como pecan una serie de trabajadores, tienen que pagar todos los trabajadores restantes", según ha recordado la minsitra.