A pesar de la eliminación de los periodos de rebajas, desapareciendo de la normativa cualquier referencia a la existencia de dos temporadas de rebajas (invierno y verano), lo cierto es que un gran numero de comercios siguen manteniendo esa promoción en un marco temporal prácticamente igual, aprovechando el “tirón” que siempre han tenido, aunque en algunos casos se anticipen unos días.

Por este motivo, la Unión de Consumidores de Castellón divulga entre los consumidores y usuarios aquellos requisitos que deben cumplir los establecimientos en rebajas.

En primer lugar, las rebajas pueden practicarse en la temporada y con la duración que decida el empresario, de acuerdo con el único criterio de un mayor interés comercial.

Los productos rebajados deberán haber estado incluidos con anterioridad en la oferta habitual de ventas, aunque ha desaparecido la exigencia de que hubieran formado parte de las existencias del establecimiento un mes antes de la fecha de inicio de la venta en rebajas. En cualquier caso, deberá especificarse la duración y, en su caso, los artículos o sectores a los que afecta (cuando, en este último supuesto, no comprenda, al menos, la mitad de los artículos puestos a la venta).

Deberá figurar con claridad, en cada uno de los productos rebajados, tanto el precio anterior como el precio reducido.

Por lo tanto, sigue vigente la prohibición de poner a la venta productos que hayan sido adquiridos expresamente con ese fin, al objeto de ser vendidos a precio inferior al ordinario.

Asimismo, queda prohibido ofertar como rebajados productos deteriorados.

No hay que confundir las rebajas con otro tipo de ventas como los saldos, descuentos, liquidaciones. Los saldos son artículos que se venden más baratos porque su valor de mercado aparece manifiestamente disminuido a causa del deterioro, desperfecto, desuso u obsolescencia de los mismos. Las liquidaciones se realizan por cierre, cambio de actividad del establecimiento etc. Las ventas en promoción o en oferta son aquellas destinadas a potenciar la venta de ciertos productos o el desarrollo de uno o varios comercios o establecimientos. Los artículos que vayan a comerciarse como productos en promoción podrán adquirirse con este exclusivo fin, aunque no podrán estar deteriorados, ni tampoco ser de peor calidad que los mismos productos que vayan a ser objeto de futura oferta ordinaria a precio normal.

Siendo importante recordar, en ese sentido, que todas esta promociones, salvo en el caso de las ventas en liquidación, podrán simultanearse en un mismo establecimiento comercial, siempre y cuando exista la debida separación entre ellas y se respeten los deberes de información

TIPS A LA HORA DE IR DE REBAJAS

1.- Antes del comienzo de las rebajas, deben comprobarse los precios de los artículos para compararlos posteriormente con los precios rebajados, al objeto de conocer el ahorro real y evitar engaños. Asimismo, puede verificar que el artículo estaba en exposición.

2.- El precio antiguo debe figurar marcado en la etiqueta junto al precio rebajado.

3.- Debe exigirse la factura de compra, ya que es el único comprobante en caso de reclamación o de devolución.

4.- Recuerde que en caso de haber adquirido un producto defectuoso tiene derecho a la devolución del importe total o a la reposición del producto en buenas condiciones.

5.- Exija calidad, la rebaja del precio no implica una rebaja de la calidad. No olvide que la rebaja es un tipo de venta que implica una reducción de los márgenes comerciales, no una reducción de la calidad.

6.- Debe tenerse en cuenta que existen diferentes tipos de ventas en promoción que pueden coexistir al mismo tiempo.

7.- Ante cualquier irregularidad solicitar la hoja de reclamaciones.