El Tribunal Constitucional ha avalado la reforma del régimen jurídico y económico del sistema eléctrico aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en el 2013. Los jueces han rechazado el recurso presentado contra esta norma por la Comunidad de Murcia. El pleno del alto tribunal sostiene que este cambio normativo estaba justificado por la crisis económica.

Esta reforma ha sido recurrida por la mayoría de las empresas del sector. El Tribunal Supremo acordó el pasado mes estudiar si plantea una cuestión de inconstitucionalidad por estos cambios normativos. Sin embargo, parte de sus dudas sobre la legalidad del nuevo sistema ha sido respondidas ahora por el TC en este fallo referido a la demanda de Murcia.

Los jueces avalan que esta reforma se aprobara por real decreto, ya que sostienen que la misma "se justifica para garantizar la estabilidad financiera del sector eléctrico". También para cumplir con los compromisos con la Unión Europea de reducción del déficit en el 2014. Y es que los jueces explican que "la crisis provoca una caída imprevista de demanda de energía que junto al incremento general de costes provoca un aumento del déficit tarifario".

LOS ARGUMENTOS

Asimismo, los togados señalan que "la evolución del régimen económico hacían necesario acometer ajustes para asegurar el necesario equilibrio económico y la adecuada gestión del sistema".

El TC también rechaza que esta reforma atente al principio de seguridad jurídica por ser retroactiva como denunció el recurso. Los magistrados explican no se puede pretender que el régimen económico en este sector sea "de permanencia e inalterabilidad" en el tiempo. Los togados consideran que "la protección de los intereses generales obliga a los poderes públicos a adaptar su regulación al cambio de las circunstancias".

Además, el alto tribunal tampoco acepta que esta reforma sea contraria al Tratado de la Carta de Energía suscrito por España como sostuvo el recurso, el argumento en el que se basan casi una veintena de denuncias de inversores ante el organismo de arbitraje del Banco Mundial. Los jueces reprochan a la Comunidad Autonóma que no haya desarrollado los motivos esgrimidos en esta vulneración.

La sentencia cuenta con el voto particular de los jueces progresistas Juan Antonio Xiol, Adela Asua y Fernando Valdés que llegan al mismo fallo, pero con otros argumentos.