En plena resaca electoral, una vez conocidos los resultados de las elecciones generales el 28 de abril, el Tribunal Supremo tendrá que tomar una nueva decisión controvertida. Los magistrados que juzgan el procés deberán analizar si los candidatos independentistas que están en prisión y concurren a las generales pueden recoger el acta de diputado, lo que implicaría poder participar en toda la actividad parlamentaria, mientras no haya sentencia por las responsabilidades del 1-0. Se trata de Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull (Junts per Catalunya) y Oriol Junqueras (ERC). Cuatro votos que pueden ser clave en el interregno político que se abrirá desde las legislativas hasta que el tribunal emita un fallo puesto que, de ser diputados, podrán elegir la composición de la Mesa del Congreso y la investidura del presidente del Gobierno en un parlamento que se augura especialmente fragmentado.

La sala del Supremo que dirige Manuel Marchena deberá decidir en primer lugar si permite a los acusados participar en los actos de la campaña electoral. Cuando los candidatos sean elegidos el 28-A, el alto tribunal determinará si pueden salir de la prisión de Soto del Real para recoger sus actas de diputados en el Congreso. A diferencia del Parlament, el reglamento de la Cámara Baja obliga a que esa recogida sea presencial. Aunque la solicitud oficial todavía no se ha cursado, el Supremo analiza inuciosamente todas las opciones y sus consecuencias.

Fuentes de los servicios jurídicos del Parlamento indican que, si el tribunal permite a los líderes independentistas obtener el acta, adquirirían de inmediato plenos derechos. La decisión es relevante no solo en el orden simbólico, sino en lo pragmático. Cuatro votos que pueden ser decisivos en los primeros pasos del nuevo Congreso salido de las urnas.

EL CALENDARIO

Por lo pronto, Junqueras, Sànchez, Rull y Turull deberían asistir a la constitución de las Cortes, prevista para el martes 21 de mayo. El reglamento del Congreso establece que en esta sesión los diputados son llamados uno a uno por orden alfabético para prometer o jurar que acatan la Constitución.

En ese mismo pleno, se escoge la Mesa del nuevo Congreso, el órgano de Gobierno que organiza el calendario de las iniciativas y puede bloquearlas, como han venido haciendo PP y Ciudadanos con su pinza mayoritaria.

A más tardar el 4 de junio se celebrará el acto solemne de apertura de la legislatura, una ceremonia a la que asisten los reyes. Si el Supremo concede su permiso, los cuatro presos independentistas también estarían en el hemiciclo en esa ocasión. Lo mismo volvería a suceder en un eventual debate de investidura que se convocase antes de que se dicte sentencia. Los votos de Junqueras, Sànchez, Rull y Turull contarían.

La hipótesis más optimista en el PSOE es no tener que depender ni de ERC ni de Junts per Cataluña, ni en la configuración de la Mesa ni para que Pedro Sánchez sea investido presidente, puesto que confían en poder sumar suficientes escaños con Unidas Podemos y el PNV. Si no obtuviesen escaños suficientes, admiten fuentes socialistas, la intención es no depender de los posconvergentes pero sí apelar a los republicanos para que no obstaculizasen la investidura.

CORRER TURNO

¿Qué sucede si el Supremo les impide tomar posesión como diputados? Junts per Catalunya no repetirá la línea que fijó en el Parlament, cuando prefirió perder los escaños de los líderes en prisión, dejándolos vacíos, al ser suspendidos por el juez Pablo Llarena por rebelión. No contemplamos en ningún caso dejar los escaños vacíos. Estamos convencidos, además, de que tomaremos posesión del escaño. El Supremo no lo impedirá. Iremos a Madrid a hacer política en un sentido estricto del término y utilizaremos los votos recibidos y los escaños asignados para actuar políticamente, sin gestos de cara a la galería, afirma en declaraciones a este diario el número uno de la candidatura, Jordi Sànchez.

Se da por descontado que ERC, que en el Parlament permitió que sus líderes en prisión delegasen su voto a otro diputado. Esta posibilidad no existe en el Congreso, puesto que la Constitución establece en su artículo 79.3 que el voto de senadores y diputados es personal e indelegable.