Los fiscales Diego Villafañe y José Luis García han solicitado este jueves el archivo de la investigación abierta por las cargas de la Policía Nacional en los centros de votación durante el referéndum unilateral del 1-O en Barcelona, al considerar que los agentes se vieron obligados a hacer uso de la fuerza legítima y proporcionada frente a una actitud de resistencia y hostilidad de cientos de miles de ciudadanos.

El texto, al que ha tenido acceso el periódico, subraya que no existe dato o indicio alguno que permita sospechar, después de más dos años de investigación, una intervención policial global desproporcionada, ni en la gestión y dirección del operativo, ni en su desarrollo y evolución. El ministerio público sustenta parte de su tesis en la sentencia del Tribunal Supremo sobre el procés.

Desde hacía días, la fiscalía estaba analizando la posibilidad de pedir al juez instructor el sobreseimiento de las 26 piezas incoadas, una por cada centro de votación. Este martes, tras la declaración por la mañana de los últimos mandos imputados, ha presentado el escrito de 62 folios. En él se reclama el archivo, pero también que continúe el proceso por acciones individualizadas de seis agentes a los que se les atribuye delitos de lesiones o de maltrato y que se siga investigando el lanzamiento de una pelota de goma por parte de la policial que provocó que una persona perdiera la visión de un ojo.

El ministerio público, además de valorar las pruebas recopiladas, enfatiza sobre la sentencia del procés y su proyección en la investigación sobre las cargas policiales. Para argumentar esa conexión, detallan un fallo del Tribunal Constitucional que alude a que los tribunales han de ajustarse a lo juzgado en un proceso anterior" cuando hayan de decidir sobre una situación con "estrecha conexión. A partir de esa premisa, los fiscales llegan a la conclusión que el fallo del Supremo "guarda íntima" relación con el objeto de la investigación de las cargas y afianzan su tesis sobre la adecuación legal de la intervención de la Policía Nacional.

OBSTACULIZACIÓN DE LA ACTUACIÓN POLICIAL

Así, los fiscales precisan que la actuación de la policía fue motivada, como recoge el Supremo, por la inactividad de los Mossos, y agregan que su proceder no iba dirigido hacia los ciudadanos que fueron a votar, sino frente a aquellos que obstaculizaron, impidieron y entorpecieron con agresiones físicas, en algunos casos, y verbales, en otros muchosla intervención policial" ordenada por el Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC).

El texto sostiene que tras verificarse a primera hora del 1-O la insuficiencia, inadecuación e ineficacia de la actuación de los Mossos, se hizo necesario activar a la Policía Nacional para evitar el referéndum. Los mandos focalizaron la intervención, incide, en los centros de votación de cuya apertura se tenía conocimiento fehaciente, buscando exclusivamente acceder al interior para la retirada de material de votación. Cuando se encontraron con una "actitud subersiva" de numerosos grupos de personas, los agentes, afirman los fiscales, se vieron obligados "a hacer uso de la fuerza legítima, como apreció el Supremo. Admiten que los antidisturbios utilizaron las porras, pero siguiendo el protocolo, a excepción de algún caso aislado, y relatan que los agentes usaron megáfonos para informar.

Sobre el uso de la fuerza por parte de la policía, los fiscales vuelven a recordar la sentencia del procés' que relata que a primera hora de la tarde del 1-O, dado que el uso de la fuerza podría devenir desproporcionado, los agentes recibieron órdenes y se vieron irremediablemente forzados a declinar su propósito inicial. A su entender, el alto tribunal da por sentado que el uso de la fuerza policial, por lo tanto, no fue desproporcionado por la mañana.