El Tribunal Supremo ha condenado a un año y un mes de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos y de funciones de gobierno -en el ámbito estatal, autonómico o local- y multa de 30.000 euros al 'exconseller' Francesc Homs por un delito de desobediencia grave cometido por autoridad administrativa en relación a la consulta del 9-N de 2014. La sentencia le absuelve de un delito de prevaricación administrativa, del que le acusaba el fiscal, al quedar absorbido por el delito de desobediencia.

La Sala precisa que “limita su ámbito de conocimiento a los delitos por los que se ha formulado acusación. No se cuestiona si la aplicación económica de fondos públicos, promovida por el acusado en abierta y franca contradicción con el mandato emanado del Tribunal Constitucional, tiene o no relevancia penal”.