El Gobierno aprobó este viernes el reglamento que desarrolla el cambio introducido en el 2015 a la ley de adopciones internacionales. En aquel momento se decidió que el Estado centralizaría parte de los trámites, hasta ahora en manos de las autonomías, pero desde entonces estaba pendiente el reglamento necesario para llevarlo a la práctica.

Con la nueva normativa, será la Dirección general de servicios para las familias y la infancia del Ministerio de Sanidad la que iniciará, suspenderá o paralizará la tramitación de las adopciones con cada país de origen de los menores, previa consulta a las Comunidades Autónomas y al Ministerio de Asuntos Exteriores. Es decir, los países ofertantes tendrán un interlocutor y no 17.

Asimismo, el Gobierno, será el que establezca el número de expedientes nuevos que podrán tramitarse. Según el Ejecutivo, esto supondrá "racionalizar el sistema, evitando la acumulación de casos y adecuando los ofrecimientos de las personas que quieren adoptar a las necesidades reales de los menores". "Una adecuación cuantitativa y cualitativa generará una disminución de los tiempos de tramitación", según Sanidad.

Precisamente la cantidad de años que se tarda en adoptar, así como el endurecimiento de los requisitos por parte de algunos países o el aumento de los solicitantes de la llamada gestación subrogada, están detrás de la caída en picado del número de adopciones internacionales. España era el segundo país, hasta el 2004, en número de adopciones, pero desde entonces han bajado de 5.541 a 531 en el 2017.

REGISTRO NACIONAL DE ORGANISMOS ACREDITADOS

El nuevo reglamento también establece que el Ministerio de Sanidad será quien acredite a las entidades colaboradoras, las oenegés que ejercen de intermediarias, de nuevo previo informe de las administraciones regionales. Además, habrá un registro nacional de organismos acreditados y de reclamaciones e incidencias, teniendo en cuenta que las entidades habilitadas podrán desarrollar su actividad en todo el territorio nacional. Es decir, las familias interesadas en iniciar los trámites podrán acudir a la institución que elijan, independientemente de que está esté situada o no en la Comunidad Autónoma en la que residen. Dichas entidades tendrán la obligación de remitir periódicamente información sobre sus actividades.

El modelo de contrato será también único, así como los costes de los trámites, con el objetivo de cumplir los "principios de igualdad y seguridad jurídica". "El objetivo del nuevo reglamento es reducir los tiempos de tramitación, que ahora son farragosos, agilizar los procedimientos y dar más seguridad jurídica a las menores y familias", resumió la ministra María Luisa Carcedo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.