El Gobierno central quiere asegurarse de que la Generalitat no realizará pagos a acreedores por actividades relacionadas con una posible financiación de "actividades no amparadas por la ley", en una referencia implícita a medidas relacionadas con el 'procés' que el Ejecutivo considere ilegales. Para ello, ha publicado una orden que amplía el uso del artículo 155 de la Constitución para controlar más aún las cuentas de la Generalitat, desde el pago de deudas hasta la gestión de la tesorería a través de entidades de crédito.

La nueva orden la adoptó la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en su reunión del pasado 21 de diciembre, el mismo día de las elecciones al Parlament de Cataluña, el 21-D. En su justificación, el ministerio hace constar que "considera necesario acordar un conjunto de medidas y procedimientos que permitan atender los servicios públicos fundamentales, de manera que aún tratándose de actuaciones que forman parte de la autonomía organizativa más estricta de dicha comunidad autónoma, al amparo del artículo 155 de la Constitución, resulta posible y necesario establecerlos de forma específica con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de dichos servicios fundamentales".

MAYORES CONTROLES

Con la orden, publicada este miércoles en el BOE, se crea un mecanismo para garantizar el funcionamiento de la Generalitat a partir del 1 de enero, pero a la vez se incrementan los controles de las actuaciones pasadas que todavía estaban pendientes de pago. En estos casos, para que se puedan pagar deberán contener "un certificado firmado por el interventor general de la Comunidad Autónoma de Cataluña" de que "no se financia ninguna actividad no amparada por la ley, ni contraria a las decisiones de los tribunales".

CERTIFICADO DEL INTERVENTOR

En los casos de gestión de pagos y de tesorería a través de entidades de crédito, para que la Generalitat pueda realizar cualquier actuación también deberá "acompañar el correspondiente certificado del interventor" de que se ajusta al modelo facilitado por el Ministerio de Hacienda. Si no es posible un certificado del interventor, "será preciso que junto a la orden de pago, se acompañe una declaración responsable, con la misma finalidad". En la orden se advierte de que si no se cumplen algunos de estos requisitos no se podrá efectuar el correspondiente pago "y dará lugar a la eventual exigencia de las correspondientes responsabilidades de todo orden que procedan, incluida la penal, en su caso".

DECLARACIÓN RESPONSABLE

También hay advertencias de cara a actuaciones futuras. En este sentido se permite que "cualquier persona física o jurídica que entregue bienes o preste servicios" a la Generalitat o cualquiera de sus entidades "podrá adjuntar una declaración responsable" en el que conste que no tienen relación con la financiación de actividades ilegales, ni contrarias a las decisiones de los tribunales". Y se añade que si el que presta el servicio "tiene dudas" sobre una posible ilegalidad "podrá comunicarlo al Ministerio de Hacienda".

VIGENTE DESDE HOY

La orden, que ya es vigente desde hoy, deja sin efecto el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del 15 de septiembre, que ya supuso prácticamente la intervención de las cuentas de la Generalitat, y otra orden posterior del 30 de septiembre que declaraba la no disponibilidad de créditos en el presupuesto de autonomía y que ahora quedará sin efecto a partir del 31 de diciembre. Algunos de estos puntos ya formaban parte de las citadas órdenes, pero ahora se ven reforzadas con la referencia al artículo 155, que fue aprobado en el Senado con el apoyo de PP, Cs y PSOE.