Una década de gobierno socialista en el punto de mira judicial. El juez de instrucción 6 de Sevilla ha dictado auto de apertura de juicio oral contra los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el caso de los ERE fraudulentos pagados con dinero público. Junto a ellos, se sentarán en el banquillo otros 24 ex altos cargos de la administración, como los ex consejeros José Antonio Viera y Gaspar Zarrías, o la ex ministra de Fomento Magdalena Álvarez. El magistrado les imputa los delitos de prevaricación, malversación y asociación ilícita. El juzgado fija además las cantidades en concepto de responsabilidad civil a las que tendrá que hacer frente cada uno de ellos. 4,2 millones de euros en el caso de Griñán y 6,2 millones de fianza para Viera.

Ahora será la Audiencia de Sevilla, que juzgará el caso, quien tenga que poner fecha a la vista por la considerada trama política del caso, iniciado en 2010. De momento, la Fiscalía Anticorrupción ya pidió seis años de cárcel para Griñán por delitos de prevaricación y malversación, y reclamó 10 años de inhabilitación para Chaves por prevaricación. Sin embargo, la acusación popular que ejerce el PP reclama pena de cárcel para éste al sumar el delito de asociación ilícita. La Junta de Andalucía, por su parte, había solicitado el archivo de la pieza al negar la existencia de una “trama criminal” para la concesión de los fondos.

CONOCIMIENTO DE LAS IRREGULARIDADES

En el auto en el que dio por concluida la instrucción, el juez consideró que la actuación de los ex presidentes se llevó a cabo con“conocimiento de que el procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones era irregular, así como que los mecanismos que se empleaban para dotar de fondos a IFA-IDEA, a los efectos de que actuase como pagador de las ayudas y subvenciones, eran también irregulares”.

Apuntaba directamente a la consejería de Economía y Hacienda, donde fue responsable Griñán, ya que los fondos públicos empleados para este fin se movilizaron mediante modificaciones presupuestarias, aprobadas por la Junta o directamente por el titular de la consejería, que aparecían más tarde recogidas en los anteproyectos de Presupuestos mediante el concepto ‘transferencias de financiación al IFA en materia de relaciones laborales’.

El auto cuestionaba así, como ya hizo en su momento la instructora incial del caso, Mercedes Alaya, los mecanismos utilizados para engordar la partida 31-L de donde se nutría el procedimiento específico, “la forma de gastar estos fondos, la ausencia de criterio para la fijación de los beneficiarios, de las cuantías concedidas y del control del destino, para concluir que se postergó el servicio de los intereses generales en favor de los terceros, que ello se hizo con total oposición a la ley y al derecho y con una total falta de objetividad en el cumplimiento de sus fines”.

En este sentido, el juzgado entendía que como consecuencia de la ausencia de la fiscalización y de la debida convocatoria pública de estas ayudas, “se pusieron en manos de la Consejería de Empleo, año a año, unos fondos públicos que gestionó a su libre arbitrio sin procedimiento alguno, vedando a la generalidad de los potenciales beneficiarios el acceso a las mismas por falta de publicidad, facilitando que personas que ni siquiera pertenecían a las empresas accedieran a las ayudas, no fijando límites a la cantidad a percibir, favoreciendo solo a determinadas empresas y personas que se lucraron con dichos fondos y destinando los mismos a una finalidad ajena a la prevista de atender a situaciones de crisis empresarial”.

UN FRAUDE DE 741 MILLONES

En este sentido, se apuntaba a la cúpula de la administración porque “mediante un concierto expreso o tácito han dictado una pluralidad de resoluciones contrarias a derecho del modo más grosero, por su abierta oposición a los procedimientos ordinarios de concesión de ayudas y subvenciones, y a los procedimientos de presupuestación, sin que se les pueda dar una explicación mínimamente razonable, si no es la de pretender eludir dichos controles”.

Además de dictar la apertura de juicio oral, el juez abre una pieza separada de responsabilidad civil, fijando las cuantías de las mismas y apercibiendo de que en caso de no hacer frente a las mismas decretará el embargo de bienes. Asi, requiere a Griñán y a Martínez Aguayo para que presten una fianza de 4.214.702 euros; a Viera para que lo haga en la cantidad de 6.229.108 euros, mientras que a Vallejo le pide una fianza de 3.763.332 euros. Las cantidades se han fijado, dice, atendiendo al tiempo que estuvieron los acusados al frente de su responsabilidad y el número de implicados en cada ejercicio. Anticorrupción cifró la cuantía del fraude, y por tanto la cantidad que debían devolver de forma solidaria los 18 acusados por malversación en 741,6 millones de euros durante el periodo 2000-2010. En la cuantificación de la fianza de cada uno el juzgado ha tenido en cuenta la existencia de otros procedimientos en los que también se exige el reintegro de estas sumas, "por lo que se aplica una reducción hasta el diez por ciento de la cantidad cuantificada por el Ministerio Fiscal en cada ejercicio".

Chaves y Griñán se vieron obligados a darse de baja del PSOE después de que el juez Martín dictase, el pasado 1 de junio, el auto de procedimiento abreviado, el paso previo a la apertura de juicio oral. El código ético del partido decreta la baja preceptiva para los afiliados a los que se abra el juicio oral.