La Junta Electoral Central (JEC), compuesta por jueces del Tribunal Supremo y por juristas, ha enviado a los órganos constitucionales del Estado, el presidente de la Generalitat y a los presidentes de distintas instituciones de la Unión Europea, Consejo de Europa, OSCE y Naciones Unidas, un acuerdo por el que declara que "el pasado día 1 de octubre no ha tenido lugar en Cataluña ningún proceso que pueda ser considerado como referéndum en ninguna de las modalidades previstas en el ordenamiento jurídico".

En ese acuerdo,adoptado por unanimidad, la JEC recuerda que es la administración electoral competente para declarar y publicar resultados de referendos en España y que, conforme al propio Estatut, también es quien da validez a los resultados de las elecciones autonómicas.

Según dictamina, el pasado 1 de octubre "no ha tenido lugar ningún proceso que pueda considerarse como referéndum en ninguna de las modalidades previstas por el ordenamiento jurídico".

Hasta cuatro motivos de ilegalidad

Y no fue legal "ni por el sujeto que lo convocó", la Generalitat, porque era "incompetente" para hacerlo; "ni por la forma en que se hizo", ya que se "vulneraron" resoluciones firmes del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña; "ni por su objeto", pues es "inconstitucional" decidir la secesión; "ni por la notoria ausencia de toda garantía de objetividad y transparencia en su desarrollo, escrutinio y control".

Por tanto, la JEC sostiene que "carecen de todo valor lo que se vienen presentando como resultados del llamado referéndum de autodeterminación".