La Junta Electoral Provincial (JEP) de Barcelona ha desestimado, con un voto particular, las peticiones de inhabilitación del presidente de la Generalitat, Quim Torra, presentadas por PP, Cs y Vox. El organismo electoral lo ha decidido este martes, en una reunión para abordar las solicitudes de que le fuera retirada la credencial de diputado del Parlament tras ser condenado por desobediencia al no retirar la pancarta y el lazo amarillo de la Generalitat en periodo electoral.

En la resolución, que puede recurrirse ante la propia JEP antes de acabar el 27 de diciembre, la Junta Electoral Provincial recuerda que la sentencia que condena al 'president' a un año y medio de inhabilitación para ejercer un cargo público "no es firme", y que no se dan los supuestos para proceder a retirarle su credencial como diputado hasta que la causa judicial no haya concluido.

En sus alegaciones, Torra solicitó a la Junta Electoral que no admitiera a trámite o que desestimara las peticiones de inhabilitarle ya después de la condena del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). El jefe del Ejecutivo catalán adujo precisamente que aún no hay sentencia firme y que la JEP no es competente para apartarlo como diputado ni como 'president', sino que hay que esperar a la sentencia del Supremo, porque, agregó, solo el TSJC y el Parlament pueden cesarlo.

JxCat también presentó unas alegaciones en la misma línea, frente a los argumentos de PP, Cs y Vox, que se remitían a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) para argumentar que son "inelegibles" los condenados con sentencia por delitos contra la administración pública, incluido el de desobediencia.