E l Juzgado de Primera Instancia número 1 de La Coruña ha estimado íntegramente la demanda del Estado y condenado a los herederos del dictador Francisco Franco a devolver el pazo de Meirás al Estado al ver probado que la compraventa por parte de Franco fue una «ficción» para apoderarse de una propiedad por la que no pagó en su día ni una peseta y que fue mantenida con fondos públicos durante toda la dictadura.

La magistrada coruñesa Marta Canales declara además a los Franco poseedores de «mala fe», sin derecho a ser indemnizados por los gastos en los que afirman haber incurrido por la rehabilitación y mantenimiento del pazo desde la muerte del sátrapa. La sentencia no es firme y los herederos del dictador ya han anunciado recurso ante la Audiencia Provincial.

La jueza admite en la sentencia las dificultades para arrojar luz sobre unos hechos acaecidos hace más de ochenta años, en un «régimen dictatorial en la que se mezcla lo público, con lo privado» y en el que la «línea entre Franco persona y jefe del Estado era difusa o inexistente». Considera con todo que la Abogacía del Estado y las otras partes demandantes, Xunta, Diputación y los ayuntamientos de La Coruña y Sada, aportaron prueba suficientes para anular la escritura por la que Franco se hizo con el inmueble, así como la donación de fincas que se recoge en una escritura de 1982.

El juzgado ratifica uno a uno todos los argumentos esgrimidos por el Estado. Concluye que el pazo no fue donado a Franco a título personal, como defienden sus herederos, sino en calidad de «Generalísimo de los Ejércitos y jefe del Estado Nacional», «Glorioso Caudillo» o «Fundador del nuevo imperio», como recogen los documentos aportados a la casa.

«Es clara la intención», concluye la jueza, que incide en el hecho de que en todos los documentos aportados se hacía referencia a la donación al «Caudillo» o «Jefe del Estado», no a Franco a título personal. «Con todo lo expuesto, cómo se puede sostener que se trató de un regalo a Franco. No, fue un regalo al Caudillo, desde la génesis misma de esta idea hasta el acto de entrega el 5 de diciembre de 1938. La literalidad de los documentos no arroja dudas. No se trata de una hipótesis dudosa, es claro que se quería donar el pazo al Caudillo», sostiene la jueza.

La magistrada considera probado también que el pazo se adquirió mediante cuestaciones, en muchos casos forzosas —un extremo que los Franco nunca negaron—, con aportaciones también de las administraciones y posible detracciones en nóminas de trabajadores. Como apuntaron los historiadores Xosé Manoel Núñez Seixas, Manuel Pérez Lorenzo, Carlos Babío o Emilio Grandío en el juicio, la jueza incide que el objeto de la donación no era otro que el deseo de las elites de la ciudad de tener cerca al dictador durante los meses de verano.

Un documento fundamental para sostener esta afirmación lo constituye la escritura de compraventa de 1938, recuperada recientemente, que permite a la magistrada ratificar la conclusión de que la compraventa de 1941, con la que el dictador inscribió la propiedad a su nombre en el Registro de la Propiedad fue una simulación, lo que determina su nulidad. Recoge la sentencia que el pazo ya había sido adquirido por la Junta Pro Pazo, como prueba la escritura de 1938 que recoge la venta por parte de Manuela Esteban Collantres y Sandoval por 406.000 pesetas. Ese mismo año, Franco tomó posesión del pazo, y las distintas administraciones acometieron ya distintas actuaciones para su uso como residencia oficial. Tres años después, Franco, representado por Pedro Barrié de la Maza, compra el pazo por 85.000 pesetas a su nombre, aunque en la propia escritura figura que ese dinero no se entregó.

La jueza no solo considera nula la compraventa de 1941, sino que atiende también otro de los pilares en el que basó el Estado su acción: el pazo fue mantenido con fondos públicos durante toda la dictadura como residencia oficial del Jefe del Estado: «La Casa Civil pagaba todo lo que tenía que ver con Franco», recoge el fallo, que apunta que los demandantes han aportado prolija documentación que demuestra que la Administración costeaba hasta los gastos más nimios, como el tabaco. H