El magistrado Juan José González Rivas es desde hoy el presidente del Tribunal Constitucional. Lo han elegido sus compañeros del alto tribunal por ocho votos frente a cuatro, pese a que muchos de ellos consideran que carece de ciertas cualidades que creen imprescindibles para desarrollar adecuadamente la nueva responsabilidad que asume.

Ninguno le quita mérito a su labor jurisdiccional que lleva desarrollando en distintos destinos desde que en 1976 aprobó las oposiciones a juez. Primero en Piedrahita (Ávila), luego en la Audiencia de Madrid, los juzgados de Barcelona, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo, a donde llegó tras haber sido también letrado del Consejo General del Poder Judicial y del propio Tribunal Constitucional. Tampoco duda nadie de su capacidad de trabajo. “Llega a las ocho de la mañana y se va a las ocho de la tarde”, aseguran en el alto tribunal.

Pero le ven “un ratón de biblioteca”, alguien que no se ha breado en la negociación política, que le será imprescindible para representar el tribunal que, a su pesar, se ha convertido, de momento, en el último bastión de la democracia española para parar los pies al proceso soberanista iniciado por la Generalitat.

Además, es al presidente del Constitucional a quien corresponde fijar los plenos y decidir su orden del día, lo que determina la agenda del tribunal a partir de las propuestas que cada magistrado hace con las ponencias que le han correspondido. Es en esa decisión quincenal que deberá adoptar, donde algunos le achacan una falta de carácter que puede dificultar la actividad normal del alto tribunal.

MATRIMONIO GAY

Muy conservador y, quienes le conocen aseguran que tan religioso como el otro aspirante a la presidencia, el vetado Andrés Ollero, que vio disipadas sus opciones a asumir la presidencia antes de que se conociera qué nuevos magistrados entrarían al Constitucional por el cupo del Senado. Ambos discreparon de la sentencia que avaló el matrimonio gay.

González Rivas sostenía en su voto particular que contravenía la Constitución. En su voto, en el que también rechazaba que las parejas del mismo sexo pudiesen adoptar, se mostraba partidario de que “el legislador regulara, al margen de la institución matrimonial, otras fórmulas de convivencia, dotando de un específico régimen jurídico, todas las uniones asimilables pero diferenciadas de la institución matrimonial, en forma de contrato, pacto o acuerdo, comprendiendo en dicha regulación el contenido esencial de sus derechos y obligaciones”.

La responsabilidad que asume ahora permitirá descubrir cómo se mueve en esas negociaciones que exceden las deliberaciones necesarias para dictar sentencias y si es capaz o no de desmentir con los hechos a sus detractores, demostrándoles lo que pueden hacer los ratones de biblioteca.