A una persona migrante que quiera obtener el permiso de trabajo se le exige un contrato que es casi un imposible de conseguir para cualquiera, nacional o extranjero: 40 horas a la semana, un salario de 12.600 euros brutos al año (1.050 euros al mes) como poco -que es el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)- y una duración de 40 horas a la semana.

Solo si estas condiciones se cumplen y el empresario se preocupa (y ocupa) de llevar hasta la pertinente oficina de Extranjería una propuesta de contrato con esas condiciones, la maquinaria se pone en marcha para que el futuro empleado pueda obtener un permiso de trabajo con el que obtener ingresos de forma legal.

Y es que el principal problema de no tener la documentación en regla no es otro que trabajar en condiciones de semiesclavitud, de extrema vulnerabilidad y expuesto a mafias, fraudes, impagos y explotación. Porque con o sin papeles el colectivo migrante trabaja porque precisa de ingresos para mantenerse. Aunque sea a 3 euros el día por una jornada de 15 horas en el campo o en la obra.

La Ley de Extranjería también contempla el permiso de residencia aunque este, sin embargo, no permite trabajar por lo que hay migrantes que tienen permiso para «estar» pero no para trabajar, lo que supone un problema a no ser que uno tenga el bolsillo repleto de billetes. Desde la Asociación Española de Abogados Extranjeristas, el experto Francisco Solans explica que «ha habido una reforma de la legislación laboral a la que no se ha adaptado al legislación de extranjería. Cuando se formuló la legislación de extranjería habían contratos por un año de duración pero ¿ahora? El contrato que piden hoy de 40 horas semanales por un año no existe. Porque con la reforma laboral los contratos son a media jornada, por días, por meses. Hoy por hoy lo que le piden a un extranjero es un imposible. Para un español también lo es, pero este no precisa de tener papeles, esa es la diferencia».

Ahora bien, no adaptar la Ley de Extranjería a la nueva legislación laboral tiene consecuencias. «¿En qué deriva todo esto? En algo que la propia Administración de Extranjería persigue: el contrato de favor. Y es que nadie consigue el contrato que le exigen si no es porque hay una relación más allá de lo laboral con el contratante. Y se han producido auténticas operaciones mafiosas de compraventa de contratos, pagos de la seguridad social por parte del trabajador», explica Solans.

Eso sí, el abogado afirma que «la única excepción» es el contrato de servicio doméstico discontinuo «ya que la norma permite varios contratos por un año que sumen una jornada suficiente, es decir, el ingreso por el SMI». Por todo ello, Solans asegura, sin dudarlo, que la Ley de Extranjería «es imposible de cumplir salvo casos muy contados. De hecho, una de las cláusulas -que surgió en 1985 por al entrada de España en la CEE- es que si hay un español en el paro que pueda hacer ese trabajo ya no se concede el permiso. Así, que casi nunca se concede por la vía que marca la ley».

El Informe Jurídico-Social sobre la situación de las personas inmigrantes de la Comunitat Valenciana realizado por la Universitat de València afirma que «el ámbito fundamental que condiciona la incorporación de la población migrante a la sociedad es el del empleo que proporciona el acceso a condiciones adecuadas de vida y que, en los últimos años, ha sufrido un deterioro muy grave. La irregularidad administrativa o el riesgo de la irregularidad sobrevenida contribuye una de las mayores amenazas en el ámbito laboral de la población inmigrante».

Es más, el informe añade que la situación de explotación laboral «es constante» y se produce «fundamentalmente entre las personas que se encuentran en situación administrativa irregular, porque genera indefensión y temor a denunciar los abusos por riesgo la expulsión. Pero también se producen situaciones de explotación entre quienes, estando en situación regular, se encuentran bajo la presión de necesitar un contrato y un tiempo mínimo de cotización para poder renovar su autorización».

Ahora bien, no adaptar la Ley de Extranjería a la nueva legislación laboral tiene consecuencias. «¿En qué deriva todo esto? En algo que la propia Administración de Extranjería persigue: el contrato de favor. Y es que nadie consigue el contrato que le exigen si no es porque hay una relación más allá de lo laboral con el contratante. Y se han producido auténticas operaciones mafiosas de compraventa de contratos, pagos de la seguridad social por parte del trabajador», explica Solans.

Eso sí, el abogado afirma que «la única excepción» es el contrato de servicio doméstico discontinuo «ya que la norma permite varios contratos por un año que sumen una jornada suficiente, es decir, el ingreso por el SMI». Por todo ello, Solans asegura, sin dudarlo, que la Ley de Extranjería «es imposible de cumplir salvo casos muy contados. De hecho, una de las cláusulas -que surgió en 1985 por al entrada de España en la CEE- es que si hay un español en el paro que pueda hacer ese trabajo ya no se concede el permiso. Así, que casi nunca se concede por la vía que marca la ley».

El Informe Jurídico-Social sobre la situación de las personas inmigrantes de la Comunitat Valenciana realizado por la Universitat de València afirma que «el ámbito fundamental que condiciona la incorporación de la población migrante a la sociedad es el del empleo que proporciona el acceso a condiciones adecuadas de vida y que, en los últimos años, ha sufrido un deterioro muy grave. La irregularidad administrativa o el riesgo de la irregularidad sobrevenida contribuye una de las mayores amenazas en el ámbito laboral de la población inmigrante».

Es más, el informe añade que la situación de explotación laboral «es constante» y se produce «fundamentalmente entre las personas que se encuentran en situación administrativa irregular, porque genera indefensión y temor a denunciar los abusos por riesgo la expulsión. Pero también se producen situaciones de explotación entre quienes, estando en situación regular, se encuentran bajo la presión de necesitar un contrato y un tiempo mínimo de cotización para poder renovar su autorización».

Explotados y vulnerables

El análisis de la Universitat de València señala, de forma específica, a algunos colectivos como especialmente vulnerables por la situación de abuso y explotación laboral a la que son sometidos, entre los que se encuentran las personas cuidadoras, las trabajadoras del hogar y los trabajadores agrícolas.

La Comunitat Valenciana roza los cinco millones de habitantes (4.974.475 a 1 de enero de 2018). Del global de la población, 648.392 son migrantes, lo que supone el 13 % de la población, ahora bien hay que tener en cuenta que casi la mitad de los extranjeros son jubilados ingleses y alemanes. Es más, del colectivo migrante, 460.606 personas cuentan con un contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, según datos de 2018. Tengan o no los papeles en regla, los migrantes que residen en la Comunitat Valenciana trabajan o quieren hacerlo, ya sea con contrato o sin él.

El análisis de la Universitat de València señala, de forma específica, a algunos colectivos como especialmente vulnerables por la situación de abuso y explotación laboral a la que son sometidos, entre los que se encuentran las personas cuidadoras, las trabajadoras del hogar y los trabajadores agrícolas.

La Comunitat Valenciana roza los cinco millones de habitantes (4.974.475 a 1 de enero de 2018). Del global de la población, 648.392 son migrantes, lo que supone el 13 % de la población, ahora bien hay que tener en cuenta que casi la mitad de los extranjeros son jubilados ingleses y alemanes. Es más, del colectivo migrante, 460.606 personas cuentan con un contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, según datos de 2018. Tengan o no los papeles en regla, los migrantes que residen en la Comunitat Valenciana trabajan o quieren hacerlo, ya sea con contrato o sin él.