El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al rapero Pablo Hásel por enaltecimiento del terrorismo, e injurias y calumnias a la monarquía y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, por difundir mensajes atentatorios en redes sociales. La sentencia ha contado con el voto discrepante de dos magistrados que no ven delito en sus tuits. De esta forma, el Supremo desestima los recursos interpuestos por el rapero contra la sentencia dictada por la Sala de apelación de la Audiencia Nacional que le condenó a 9 meses y 1 día de prisión en septiembre del 2018 y al pago de una multa de unos 30.000 euros. Redujo, no obstante, la pena inicial de marzo del 2008 que le impuso la Sala de lo Penal de dos años y un día de prisión.

La sentencia condenatoria llegó después de que fuera juzgado por el contenido de 64 mensajes publicados en Twitter y por una canción en Youtube, en los que ensalzó además la figura de miembros de ETA y de los GRAPO. La Audiencia Nacional entendió que mensajes como «las manifestaciones son necesarias, pero no suficientes, apoyemos a quienes han ido más allá», equivalen a dejar la protesta pacífica y se enmarcan dentro de una «actuación violenta».