El Tribunal Supremo ha condenado a 20 años de cárcel a un profesor de kárate de Tenerife (José Manuel G. H.. de 62 años) porviolar a un niño de 9 años y distribuir pornografía infantil en internet de menores de muy corta edad, incluso bebés.

Con esta sentencia, el Supremo aumenta en 2 años la pena impuesta por la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife al acusado en el 2015, al estimar un recurso de la Fiscalía por no haber aplicado una agravante en el delito de distribución de pornografía infantil a través de internet.

Esta circunstancia agravante se deriva del tipo de escenas entre adultos y niños que se mostraban en los archivos compartidos por el acusado. En la sentencia se destaca que el contenido del material pornográfico, tal como se describe en la sentencia de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife, "es claramente expresivo de un brutal ejercicio de violencia sexual por parte de adultos sobre niños".

TRES DELITOS PRESCRITOS

En cuanto a la agresión sexual al menor de 9 años por la que se condena a José Manuel G.H., esta se produjo en 2013 en un gimnasio propiedad del acusado, según se detalla en el fallo judicial. El menor en la actualidad sigue tratamiento psicológico en una Unidad de Salud Mental Infantil de Tenerife por las secuelas psicotraumáticasque padece a raíz de los hechos.

En su momento, la Audiencia de Santa Cruz Tenerife declaró prescrita la responsabilidad penal del acusado en otros tres delitos continuados de abuso sexual que supuestamente cometió sobretres hermanas menores de edad en la década de los noventa, cuando era conductor de un autobús infantil.

El delito prescrito contra las tres menores se inició en 1990 cuando, según las acusaciones, el procesado aprovechó su condición de conductor de autobús escolar para ganarse la confianza de las menores e incluso pernoctó en ocasiones con la familia de las hermanas entre 1995 y 1996, hasta que la relación se interrumpió dos años después.

Como consecuencia las menores sufrieron trastorno de estrés postraumático, secuelas psiquiátricas y una de ellas un grado de discapacidad moderado por trastornos neuróticos.