La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo ha aprobado este martes un nuevo sistema de sustitución de jueces para evitar que la paralización de nombramientos por parte del Consejo General del Poder Judicial tenga alguna repercusión en la composición de sus cinco Salas. La propuesta ha surgido del presidente de la Segunda, Manuel Marchena, que es la más afectada al haberse jubilado recientemente tres de sus magistrados y no haberse cubierto sus vacantes.

Además, cuando fue reelegido para presidir la Sala de lo Penal, Marchena advirtió a los miembros de la comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que le examinaba de los problemas que podría plantear un hipotético juicio del expresidente Carles Puigdemont, si decidía ponerse a disposición de la justicia española.

Aunque en aquel momento la opción con más posibilidades era completar la Sala Segunda con magistrados de la de lo Militar, al ser también los más relacionados con la jurisidicción penal, finalmente el acuerdo alcanzado por la Sala de Gobierno será acudir en un primer momento al magistrado más antiguo de las otras cuatro Salas y concluido ese ciclo, al más moderno, de tal forma que la designación se realice por estricto y riguroso turno.

EL 'PROCÉS'

Las fuentes jurídicas consultadas destacan que todavía no ha planteado ningún problema y que el sistema de sustituciones se cumplirá en todas las Salas. No obstante, a la de lo Penal ha afectado de lleno la paralización de los nombramientos por parte del Consejo General del Poder Judicial para dar tiempo a las fuerzas parlamentarias a designar 20 vocales.

Esa suspensión, por un tiempo prudencial, supone que no se hayan cubierto las bajas por jubilación de Luciano Varela, Alberto Jorge Barreiro y Francisco Monterde. Ello supone que los 15 magistrados, contando al presidente, que prevé la ley de demarcación y planta, solo cuente con 12.

Además, solo los dos magistrados más modernos de la Sala Segunda del Supremo, Eduardo de Porres y Susana Polo, no han tenido intervención alguna en el juicio que concluyó con la condena de los líderes del 'procés', por lo que serían los únicos que podrían juzgar sin ningún problema otro asunto relativo a los mismos hechos.

Según explicó Marchena en el CGPJ, "existe jurisprudencia que dice que la Sala que ha enjuiciado a unos participantes puede valorar el fragmento referido a uno o dos de los protagonistas" cuando estos huyen y son puestos a disposición de la justicia española después. Pero, en su opinión, "en otro tipo de juicio puede ser", pero en el 'procés', haber "valorado el testimonio de 500 testigos, revisado metros cúbicos de documentación" y dictado la condena les "sitúa en una posición difícil" para "volver a enjuiciar los mismos hechos".

Además de los siete magistrados que juzgaron a los líderes del 'procés', estarían es una situación similar los cuatro que resolvieron los recursos contra la instrucción del juez Pablo Llarena, el exfiscal general Julián Sánchez Melgar (que se apartó cuando volvió al Supremo) y Carmen Lamela (instructora del caso en la Audiencia Nacional).