El Tribunal Supremo ha despachado en un párrafo la última pretensión del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los tres exconsellers huidos de poder sumarse a la cuestión prejudicial planteada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para determinar el alcance de la inmunidad de los europarlamentarios y, en concreto, del presidente de ERC, Oriol Junqueras, al que se denegó autorización para cumplimientar los trámites para tomar posesión de su escaño.

En la providencia el alto tribunal se limita a declarar que "no procede tener por formuladas" las alegaciones planteadas por Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig para tratar de dirigirse a través de cuestiones prejudiciales al tribunal con sede en Luxemburgo, porque "no son parte personada ante esta Sala ni se les ha efectuado traslado alguno".

Los cuatro se encuentran huidos, por lo que las actuaciones seguidas contra ellos se encuentran paralizadas en manos del juez instructor, Pablo Llarena, a la espera de que sean puestos a disposición de la justicia española. De ahí que carece de sentido su pretensión de tratar de aprovechar la cuestión planteada por el alto tribunal para tratar de resolver el recurso de súplica presentado por Junqueras contra la negativa a dejarle salir de prisión para realizar el primer trámite de acatar la Constitución.

Ni Puigdemont, ni Comín, ambos también diputados electos, han podido cumplir este requisito, ya que para ello debían desplazarse al Congreso y renunciaron a hacerlo ante el temor a ser detenidos al pisar suelo español. Tampoco quisieron arriesgarse a estar presentes en la sesión constitutiva de la Cámara europea, con sede en Estrasburgo.