PLENO DEL CONSTITUCIONAL
El TC mantiene suspendida la aprobación exprés de leyes del Parlament
El pleno rechaza el recurso de la Generalitat contra la paralización de la norma. La cámara catalana no puede usar el método previsto para el referéndum
ÁNGELES VÁZQUEZ
16/08/2017
La Generalitat no ha conseguido su objetivo. El pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso el súplica con el que el Govern pretendía que se levantara la suspensión de la reforma del reglamento del Parlament que permitiría la ruptura exprés. Esta paralización se hace de forma automática siempre que se admiten a trámite impugnaciones del Gobierno contra leyes autonómicas, como ocurrió en este caso, por lo que la impugnación tenía pocos visos de prosperar, informaron fuentes del alto tribunal.
Los 12 magistrados del alto tribunal, que han tenido que interrumpir sus vacaciones para resolver el recurso de la Generalitat, una vez recibidas todas las alegaciones de las partes, no han necesitado más de una hora para rechazar la pretensión de la Generalitat en una reunión que comenzaba unos minutos después de las 17.30 horas.
Los jueces no han entrado en el fondo del asunto, la constitucionalidad o no de la reforma reglamentaria catalana, impugnada por el Gobierno de Mariano Rajoy. Su decisión al respecto solo se producirá en la sentencia que dictarán cuando corresponda. En la reunión sólo se han pronunciado sobre la suspensión de cinco meses, prorrogables, que han decidido mantener.
Recurso de la Generalitat
En su recurso el Govern alega que se ha producido un "abuso de derecho" por parte del Gobierno, porque el procedimiento impugnado, la lectura única para las proposiciones de ley, figura en otros parlamentos autonómicos y en el Congreso de los Diputados. Sostiene que solo se ha impugnado por su posible finalidad: aprobar de forma exprés la ley del referéndum.
De ahí que entienda que el recurso del Gobierno del PP "se funda no en la inconstitucionalidad del texto normativo impugnado, sino en la presunción de su futura aplicación a un supuesto determinado", en el contexto del 'procés' soberanista, lo que lo convierte en "un recurso meramente interpretativo, contrario al principio de presunción de la constitucionalidad de las leyes".
De esta forma razona que resulta "a todas luces desproporcionado, excesivo, contrario a las reglas de la buena fe procesal y, en definitiva, abusivo, acudir a la impugnación en sede constitucional de una norma como es el reglamento de una cámara parlamentaria".
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